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Trabajador de ENAP viajó a México por el nacimiento de su hijo y fue despedido: Tribunal emitió un fallo que cambia su situación

¿Qué pasó?

Un trabajador de Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) Magallanes que había sido despedido tras viajar a México para asistir al nacimiento de su hijo, obtuvo un fallo favorable en la justicia laboral.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas concluyó que la desvinculación fue discriminatoria y ordenó que la empresa lo reincorpore a sus funciones.

ENAP también deberá pagar las remuneraciones que el trabajador dejó de percibir desde la fecha de su despido hasta que vuelva a su puesto, además de una indemnización por daño moral.

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¿Qué concluyó el Tribunal?

El caso se originó luego de que el trabajador viajara a México para acompañar a su mujer, de nacionalidad mexicana, durante el nacimiento de su hijo, ocurrido el 12 de febrero de 2023.

Inicialmente permaneció en ese país con un permiso sin goce de sueldo autorizado por ENAP y posteriormente hizo uso de su feriado legal.

Al regresar a Chile, presentó una licencia médica debido a problemas de salud asociados a una patología de columna que, según la sentencia, ya registraba antecedentes desde años anteriores.

La magistrada concluyó que el trabajador no obtuvo la licencia para viajar al extranjero, sino que enfermó mientras se encontraba fuera del país y regresó a Chile para reincorporarse a sus labores.

El tribunal sostuvo que ENAP sí consideró circunstancias particulares de otros trabajadores que enfrentaban situaciones similares, pero que no hizo lo mismo con el demandante, pese a que este había informado previamente su situación mediante correos electrónicos y aportó antecedentes que respaldaban su caso.

Por ello, la justicia determinó que el despido constituyó un acto discriminatorio de carácter grave.

¿Qué deberá pagar ENAP?

La sentencia ordenó la reincorporación del trabajador a ENAP Magallanes, el pago de las remuneraciones que no pudo recibir entre el despido y su regreso al trabajo, calculadas en $3.007.125 mensuales por su trabajo como operador de producción.

Además, la empresa le deberá una indemnización de $10 millones por daño moral.

 

Sin embargo, el Tribunal acogió una demanda reconvencional presentada por ENAP que autoriza el descuento de $9.015.227 de las sumas que deberán pagarse.