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Rechazan sobreseimiento de exembajador de Chile en Hungría por caso de contrabando de pieles de animales salvajes

¿Qué pasó? 

El Juzgado de Garantía de San Antonio rechazó este lunes la solicitud de sobreseimiento presentada por la defensa del exembajador de Chile en Hungría, Camilo Sanhueza, imputado por contrabando e introducción de especies silvestres protegidas.

Fue a comienzos de este año cuando se detectó la llegada de las especies al puerto de San Antonio. Se trata de 16 pieles disecadas de animales salvajes, enviadas desde Europa, que eran usadas para diferentes artículos. Tras el escándalo, la exautoridad renunció al cargo. 

¿Por qué la justicia rechazó la solicitud de sobreseimiento?

En la audiencia, la magistrada María Alejandra Cortés resolvió que no correspondía cerrar el caso en esta etapa del proceso. Según argumentó, el Ministerio Público formalizó cargos por introducir mercaderías sin cumplir las exigencias legales de ingreso al país.

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"El Ministerio Público formalizó por la introducción de mercaderías que no hayan sido ingresadas por lugares no habilitados, o no se presentaron en aduanas, o no se pagaron los derechos o demás gravámenes, se utilizó documentación falsa o no acrediten su legítimo origen, procedencia u obtención", explicó la jueza.

"La defensa no desconoce la introducción de las mercancías" 

La defensa del exdiplomático sostuvo que las especies sí fueron declaradas conforme a la ley y que las mercancías correspondían a bienes obtenidos antes de la entrada en vigor de la convención CITES, en 1975. Sin embargo, ese argumento no logró convencer al tribunal.

"La defensa, en primer lugar, no desconoce la introducción de las mercancías; la reconoce con una declaración que, según sus dichos, se allegaría al marco legal", señaló la magistrada. Agregó que discutir si se configura o no el delito es una cuestión que debe resolverse en una etapa posterior.

Tribunal enfatizó en la introducción de especies protegidas y no en la forma de ingreso

La jueza también enfatizó que el tipo penal sanciona la introducción o extracción de especies protegidas del país, más allá de la forma de ingreso.

"Dar lugar a la solicitud de la defensa respecto de si estas especies están o no protegidas, cuando el tipo penal lo que castiga es la introducción de las especies, es adelantar una discusión que dice relación con la forma en que ingresaron las mercancías y si estas mercancías se encuentran o no protegidas", declaró. 

En ese aspecto, teniendo en cuenta que los hechos fueron considerados por el Ministerio Público, que tiene la facultad de formalizar la investigación, el tribunal consideró y resolvió "no dar lugar a la solicitud de la defensa en esta etapa procesal respecto del sobreseimiento definitivo".