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Terminó con graves quemaduras por explosión en su lugar de trabajo y ahora deben pagarle $80 millones

¿Qué pasó?

Un hombre que solía trabajar en un local comercial que prestaba servicios de Internet y "call center" recibirá la suma de 80 millones de pesos por parte de la empresa Enel, luego de que sufriera graves quemaduras por una explosión que se generó luego de trabajos realizados por dicha firma.

El hecho

Todo ocurrió durante el año 2015. Según relata el afectado, días antes del accidente, trabajadores de la empresa Enel habían concurrido a efectuar trabajos en la vereda que se encontraba a las afueras del local.

Días después de esos trabajos, la víctima levantó la cortina metálica que da acceso al local comercial y, al momento de apretar el interruptor que encendía la luz del lugar, se produjo una explosión que terminó por arrojarlo a la vía pública, lo que generó la destrucción por completo del interior del establecimiento.

Después de ese hecho, en el Hospital San José fue diagnosticado con "quemaduras graves del 36% del cuerpo, fundamentalmente en torso, cara anterior y axila derecha; quemadura de grado 1 a 2”, agregando que “le cuesta movilizar extremidades; axila derecha pegada, con cicatrices retráctiles, casi sin movimientos”.

Corte Suprema ratifica que la empresa deberá indemnizarlo 

Más de 7 años después y luego de que Enel acudiera a la Corte de Apelaciones, interponiendo un recurso de casación en contra de la sentencia en primera instancia que condenó a la empresa a pagar una indemnización de $80 millones por concepto de daño moral, la Corte Suprema dejó sin efecto esa alegación por "carecer de competencia".

El fallo 

El máximo tribunal, en fallo unánime,  descartó infracción de ley en la sentencia cuestionada (la de primera instancia), dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió la demanda.

La Suprema dictaminó que la sentencia (de la Corte de Apelaciones) mantuvo el razonamiento del tribunal de primera instancia, en cuanto a que ‘la intervención de trabajadores de Enel Distribución Chile S.A se encuentra a la base del estrago’, atendido que esa actuación forjó el recalentamiento que causó la rotura del conducto y posterior fuga de gas que impregnó el local que posteriormente explotó", dice el fallo.

"Así, los sentenciadores establecen que la negligencia de los dependientes de Enel se configura con el hecho de haber ejecutado trabajos que significaron una exposición evidente al riesgo de un estallido, siendo relevante precisar que la desgracia se encuentra conectada con dicha intervención, ya que se produjo al corto tiempo, el necesario para romper el ducto y saturar de gas el lugar”, agrega.