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Pensión alimenticia: Ingresan proyecto para que tribunales busquen patrimonio del deudor para efectuar los pagos

  • Por Javiera Rodríguez

¿Qué pasó?

Este lunes el Gobierno presentó el proyecto de ley que busca que los tribunales investiguen el patrimonio de los deudores de pensiones alimenticias, y que con ello se pueda efectuar los pagos.

La iniciativa, de responsabilidad parental y pago efectivo de deuda de alimentos, fue ingresada a través del Senado y se dará cuenta de ella en la Cámara Alta este martes.

¿Qué dijo el Gobierno?

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, detalló que esto busca "establecer plazos oportunos, establecer la obligación del tribunal de ser él quien indague el patrimonio del deudor, y ahí donde encuentre patrimonio ejecutar el pago para la cuenta del alimentante".

Asimismo, señaló que tiene como objetivo "cautelar el derecho a la pensión de alimentos, el derecho al cuidado y mejorar la experiencia en tribunales".

"Es un mecanismo eficiente, permanente y que sobre todo pone la experiencia de quienes se le adeuda al centro de lo que debe ser el quehacer judicial", sostuvo.

¿Cómo funcionará?

El proyecto establece que si existe una deuda, de tres meses impagos o cinco meses de pagos parciales, el alimentante o su representante legal podrá solicitar al tribunal que ordene el pago a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias u otro instrumento de inversión.

En el caso de que no existan fondos o estos sean insuficientes para el pago total, podrá cobrarse en la cuenta de capitalización individual obligatoria.

El mecanismo

Solicitado el pago de lo adeudado, el tribunal iniciará una investigación sobre el patrimonio del deudor, a través de los sistemas de interconexión que mantiene con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente.

Además, el proyecto establece que se deberá revisar si existen otros niños, niñas y adolescentes con los que mantenga deudas de pensión alimenticia. De ser así, la solicitud de pago será conocida conjuntamente en un solo proceso.

Plazos

En caso de encontrar cuentas bancarias o instrumentos de inversión a nombre del deudor, el tribunal tendrá un plazo de 48 horas, desde que se efectuó la solicitud, para oficiar a dichas instituciones, quienes deberán informar dentro de un plazo de 10 días hábiles los saldos, movimientos y todo lo que se considere relevante para el pago.

Una vez recibida la información, el tribunal tendrá 24 horas para dictar la resolución que ordena el pago. Sólo en caso de no existir cuentas bancarias o instrumentos de inversión, o que sean insuficientes para el pago total de la deuda, se solicitará la información de la cuenta de ahorro de pensiones. Cuando estos datos estén disponibles, el tribunal deberá ordenar el pago de la deuda liquidada en un plazo de 24 horas.

La respectiva institución financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar el proceso. En caso de no hacerlo, será responsable del pago en conjunto con el deudor de manera solidaria.

"Se hace cargo de la totalidad de la deuda"

La diputada Karol Cariola (PC) señaló que la iniciativa "se hace cargo de la totalidad del pago de la deuda. Y creo que es muy importante de destacar, porque por primera vez en la historia todas esas deudas acumuladas que tienen a cientos de niños, niñas y adolescentes van a poder ser saldadas".

"Con esto estamos dando de una vez por todas por resuelta la solución concreta para que los niños, niñas y adolescentes de nuestro país de una vez por todas estén en primera línea", sostuvo.

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