Bono de protección: ¿Cuáles son los requisitos para recibir el aporte económico para dueñas de casa?
El Bono de Protección, comúnmente llamado "Bono Dueña de Casa", es un aporte económico entregado por el Estado a quienes cumplan con los requisitos establecidos. Este beneficio se entrega por 24 meses consecutivos y su monto varía a lo largo de ese período.
Cabe destacar que este bono no requiere postulación ya que se otorga de forma automática a las familiar y personas que forman parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades. Sin embargo, deben aplicar a los críterios definidos por el programa.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono de Protección?
Una de las condiciones principales para acceder al bono es haber aceptado la invitación a participar en alguno de los siguientes programas:
- Familias
- Abriendo Caminos
- Calle
- Vínculos
Las personas deberán firmar una carta de compromiso y un plan de intervención. Una vez realizado este paso, pasarán a formar parte oficialmente de los programas estatales. Cumplido este requisito, podrán iniciar el proceso para hacer efectivos los pagos correspondientes.
Los pagos se efectuarán en fechas próximas al inicio de las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial.
El dinero será depositado en la Cuenta RUT del Banco Estado de cada beneficiario. Si la persona no cuenta con una, el propio Ministerio de Desarrollo Social y Familia gestionará su apertura.
¿Cómo saber si me corresponde el Bono de Protección?
Para saber si eres beneficiario del Bono de Protección, sigue estos pasos:
- Ingresa a persona.ipsenlinea.cl
- Digita tu RUT y haz clic en "Ingresar".
- De inmediato, el sistema arrojará si te corresponde recibir el beneficio.
Los montos del Bono de Protección
- Los primeros 6 meses, el bono asciende a $22.674.
- Desde el mes 7 al mes 12: $17.256.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.864.
- Desde el mes 19 al 24: $20.328 (valor corresponde a monto SUF).
Eso sí, los pagos se hacen a la familia o persona beneficiaria en el siguiente orden de prioridad:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
¿Cómo se paga el beneficio?
En cuanto a la modalidad de pago, esta puede ser presencial o en la cuenta del cobrador de la familia. El plazo para cobrarlo es de seis meses. De no cobrarse en ese lapso, se entiende que el beneficiario renuncia a los dineros.