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Este aviso se cerrará en segundos

Operación Renta: ¿Cuándo se realizará el primer pago de la devolución de impuestos?

  • Por Vladimir Núñez

El pasado viernes 29 de abril el Gobierno dio a conocer que el Presidente de la República, Gabriel Boric, postergó el plazo de cierre de la Operación Renta 2022.

Lo anterior dio inicio al tercer periodo para que los contribuyentes realicen su declaración de renta, el cual comenzó el sábado 30 de abril y se extenderá hasta el próximo jueves 12 de mayo.

Sin embargo, los primeros que recibirán su devolución de impuestos serán, precisamente, quienes primero hayan efectuado su declaración de ingresos mediante el formulario 22 —documento con el que se declara la renta.

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¿Cuándo será el primer pago?

Dependiendo de cuál sea la situación tributaria de las personas naturales o jurídicas que deben efectuar este trámite, el pago de la devolución de impuestos está sujeto a la fecha en que se desarrolle esta operación.

Esto quiere decir que quienes realizaron el trámite desde el 1 al 21 de abril, recibirán la devolución de impuestos el 12 de mayo, siempre que hayan elegido el depósito bancario como método de pago.

En cambio, si el contribuyente seleccionó el pago por cheque, recibirá el dinero el 30 de mayo, independiente de la fecha en que se efectúe la Operación Renta.

¿Cuándo se realizarán los siguientes pagos?

Para aquellos que realizaron su declaración de renta en el segundo proceso, el cual se extendió desde el 22 hasta el viernes 29 de abril, recibirán la devolución de impuestos el 19 de mayo, siempre que hayan elegido el depósito bancario como método de pago.

Mientras que quienes efectúen su declaración de renta en el tercer período, comprendido desde el 30 de abril hasta el 10 de mayo, recibirán la devolución de impuestos el 26 de mayo, siempre que hayan elegido el depósito bancario como método de pago.

¿Quiénes deben realizar la Operación Renta?

El trámite deben efectuarlo las personas y empresas que cumplieron durante 2021 las siguientes condiciones:

  • Tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $8.775.702.
  • Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
  • Realizaron el segundo retiro de fondos y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($19.501.560).
  • Solicitaron el Préstamo Solidario 2020 (en esta Operación Renta se paga la primera cuota que corresponde al 10% del monto solicitado).

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