Uso citas inexistentes y textos no calzaban: Abogada fue suspendida tras presentación ante el Tribunal Constitucional
¿Qué pasó?
Citar fallos judiciales, libros y artículos jurídicos para respaldar un escrito terminó costándole una sanción a una abogada. El Tribunal Constitucional detectó que varias de las referencias presentadas no existían, no coincidían con las fuentes invocadas o correspondían a materias completamente distintas, por lo que resolvió suspenderla del ejercicio profesional por un mes.
Las inconsistencias del escrito
De acuerdo al Diario Constitucional, la situación se produjo durante la tramitación de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Este estaba relacionado con una causa que se tramitó en el Juzgado de Familia de Talcahuano y que luego revisó la Corte de Apelaciones de Concepción.
En representación de una de las partes, la profesional presentó un escrito de más de 40 páginas en el que fundamentó sus argumentos con diversas sentencias, artículos académicos y obras jurídicas.
Antes de resolver el fondo del requerimiento, el Pleno del Tribunal Constitucional decidió revisar la exactitud de las referencias incorporadas en la presentación y solicitó a la abogada explicar las fuentes utilizadas.
Tras analizar el documento, la magistratura concluyó que una parte importante de las citas no correspondía a las obras, autores o fallos señalados. Entre las observaciones, el tribunal indicó que algunos libros mencionados no existían. También señaló que varias sentencias citadas trataban materias completamente distintas, como recursos de protección por alzas de planes de salud.
Además, constató que diversas citas atribuidas a la Corte Suprema, al Tribunal Constitucional y a cortes de apelaciones no aparecían en las resoluciones respectivas. A ello se sumó que varios de los enlaces incluidos en el escrito dirigían a buscadores generales, publicaciones diferentes o trabajos académicos que no contenían las afirmaciones que se les atribuían.
La explicación de la abogada
Frente a las observaciones del tribunal, la profesional sostuvo que el escrito había sido elaborado utilizando distintas fuentes jurídicas, entre ellas jurisprudencia, doctrina, artículos científicos y repositorios especializados. Además, acompañó nuevos antecedentes y enlaces con el propósito de respaldar las referencias utilizadas.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional estimó que esa explicación no permitía aclarar satisfactoriamente las inconsistencias detectadas durante la revisión.
En la resolución, la magistratura recordó que "el deber de representación en juicio exige que las referencias utilizadas sean fieles y verificables", enfatizando que los escritos de los abogados influyen directamente en la labor jurisdiccional y en el debate entre las partes.
La sanción que aplicó el Tribunal Constitucional
El fallo también recordó que el ejercicio de la defensa debe desarrollarse conforme al principio de buena fe procesal y que los abogados tienen el deber de verificar la exactitud de las fuentes doctrinarias y jurisprudenciales que incorporan en sus presentaciones.
Por estos antecedentes, el Pleno resolvió aplicar a la abogada una suspensión del ejercicio profesional por un mes en todo el territorio nacional, además de una multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual (UTM) (más de $71 mil).
La resolución también ordenó comunicar la sanción a la Corte Suprema y a las Cortes de Apelaciones del país.
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