Reforma al Sistema Notarial: Estos son los cambios que implica su entrada en vigencia

¿Qué pasó?

A partir del 2 de abril de 2026, comenzó a regir en el país la Ley N.º 21.772, una normativa diseñada para renovar profundamente el sistema notarial y registral.

Este cambio legislativo busca actualizar un modelo que no había tenido modificaciones sustanciales en décadas, introduciendo herramientas tecnológicas para facilitar la vida de los usuarios. El objetivo central es reducir la burocracia y permitir que la ciudadanía acceda a servicios de manera más ágil y económica.

El núcleo de esta reforma se centra en la digitalización y la transparencia de los procesos. Con la implementación de la firma electrónica avanzada y el uso de documentos digitales, la obligatoriedad de asistir presencialmente a las oficinas notariales se reduce considerablemente. 

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Esta medida permite que los usuarios puedan gestionar copias de escrituras o certificados de manera remota, lo que impacta directamente en la eficiencia del tiempo de los ciudadanos.

¿Qué implica la entrada en vigencia de la Ley de Notarías?

Además de la digitalización, la ley establece la obligatoriedad de respetar precios máximos, los cuales son fijados de manera conjunta por los ministerios de Justicia, Hacienda y Economía.

Las notarías están ahora obligadas a exhibir estas tarifas oficiales, garantizando que el servicio sea accesible y evitando la discrecionalidad en los cobros que anteriormente generaba confusión entre los usuarios.

Además de los aspectos económicos, la reforma impone estándares mínimos de infraestructura y horarios de funcionamiento obligatorios. Esto para asegurar que la atención al público se realice en condiciones adecuadas y con la tecnología necesaria para soportar los nuevos requerimientos digitales.

En cuanto a la gestión del personal, los cargos de notarios, conservadores y archiveros dejan de ser vitalicios, estableciéndose un límite de edad de 75 años para el ejercicio de las funciones.

Asimismo, el acceso a estos puestos se realizará mediante concursos públicos, lo que pretende fomentar la meritocracia y la competencia profesional dentro del sector.

¿Cuál es el nuevo rol del Sernac?

La nueva ley otorga facultades adicionales al Servicio Nacional del Consumidor para actuar como ente vigilante en este mercado. En caso de detectarse infracciones, las multas asociadas pueden alcanzar hasta las 300 UTM por cada evento registrado.

El organismo tiene ahora la capacidad de recibir y tramitar reclamos relacionados con cobros indebidos, falta de información sobre precios o demoras injustificadas en la entrega de documentos.

Como parte del despliegue de estas facultades, se ha iniciado un proceso de integración de más de 500 notarías al Portal del Proveedor para agilizar la resolución de conflictos.

El organismo también realizará fiscalizaciones tanto presenciales como digitales para verificar el cumplimiento de los horarios informados y la correcta aplicación de los aranceles vigentes, pudiendo incluso iniciar acciones judiciales colectivas si los derechos de los usuarios se ven vulnerados de forma generalizada.

¿Qué trámites ya no pasan por notaría?

Finalmente, y de acuerdo con información disponible en el sitio web del SERNAC, la reforma identifica una serie de trámites que ya no requieren la intervención de un notario, sustituyéndolos en muchos casos por declaraciones simples o procesos en línea, tales como:

Trámites de Vivienda y Urbanismo

  • Permisos para alterar viviendas económicas

Trámites de Empresas y Pymes 

  • Modificaciones de estatutos en sociedades anónimas deportivas.
  • Actas de asambleas en cooperativas.
  • Delegación de facultades del deudor para absolver posiciones en procedimientos concursales.
  • Acuerdos de Asociaciones de Pescadores.
  • Trámites de Concesiones y Servicios
  • Concesión de servicio público de distribución de gas.
  • Trámites relacionados con el Código de Aguas que se puedan realizar en línea.

Trámites administrativos generales (Reemplazo por declaración simple)

  • Acreditación de experiencia en concursos públicos, reemplazando la declaración jurada notarial por una simple.
  • Poderes simples para representación ante órganos de la administración del Estado.
  • Trámites ante organismos del Estado, salvo que una ley establezca como requisito firma ante notario.

Otros trámites

  • Poder suplente de agente de aduanas.
  • Reconocimiento de firmas en documentos privados que utilicen firma digital avanzada.

Para canalizar inconvenientes o introducir reclamos, los usuarios tienen a su disposición el Portal del Consumidor, atención telefónica gratuita a través del 800 700 100 y oficinas presenciales en todo el territorio nacional, asegurando una protección integral de sus derechos bajo esta nueva normativa.

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