Feriados irrenunciables: ¿Cómo se pagan a los trabajadores?

¿Qué pasó?

Si bien hay varios días feriados durante el año, solo algunos son irrenunciables. Esto quiere decir que ningún trabajador debe cumplir labores, salvo aquellos rubros que cumplen alguna función estratégica o brinden un servicio indispensable. 

Incluso, está prohibido negociar con los empleados para que presten servicio durante estas jornadas.De lo contrario, la empresa podría ser sancionada con multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM, por cada trabajador afectado. 

En Chile, los feriados irrenunciables son: 1 de enero (Año Nuevo), 1 de mayo (Día del Trabajador), 18 y 19 de septiembre (Fiestas Patrias) y 25 de diciembre (Navidad). La remuneración por cumplir con la jornada laboral esos días incluye un recargo del 50 por ciento sobre el valor de la hora ordinaria al mes. 

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¿Cómo se pagan los feriados irrenunciables?

Para calcular el valor de un feriado irrenunciable, debes conocer el valor de tu hora laboral de la siguiente forma: 

  • Divide tu sueldo en 30 días
  • Multiplica el resultado por siete. 
  • La cifra que obtengas tendrás que dividirla por la cantidad de horas a la semana establecidas en el contrato. 

El monto final de esa operación corresponde al valor de una hora laboral ordinaria, pero para saber cuánto vale la hora extra, debes multiplicar ese monto por 1,5. 

Por ejemplo: $600.000 / 30 = $20.000 X 7 = $140.000 / 44 = $3.181 (valor de una hora ordinaria al mes)

$3.181 X 1,5 = $4.772 (Valor de la hora extra)

Los trabajadores que se exceptúan de esta norma son aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, expendio de combustibles, farmacias de urgencia y otros lugares legalmente autorizados. 

Estos dependientes, tienen derecho a descansar esos días al menos una vez cada dos años, si se trata de un mismo empleador, en ese caso se debe pactar la rotación del personal.

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