¿Quieres alargar un fin de semana? El permiso laboral que permite tomarse un día libre y mantener el sueldo

Existe una alternativa que permite a trabajadores y empleadores acordar un día de descanso con goce de remuneraciones, aunque se trate de una jornada en la que correspondía trabajar.

La posibilidad está establecida en el artículo 35 bis del Código del Trabajo y permite pactar el descanso de un día hábil en determinadas situaciones, manteniendo la remuneración.

¿Cuándo se puede solicitar?

El permiso puede acordarse cuando el día hábil que se quiere utilizar como descanso se encuentre:

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  • Entre dos días feriados.
  • Entre un día feriado y un sábado o domingo.

Por ejemplo, si existe un día hábil entre un feriado y el fin de semana, las partes pueden acordar que esa jornada sea de descanso con goce de remuneraciones.

¿Hay que recuperar las horas?

El acuerdo contempla que las horas no trabajadas sean compensadas mediante la prestación de servicios antes o después del día de descanso.

Las horas trabajadas para compensar este permiso no se consideran horas extraordinarias.

¿Cómo se debe acordar?

El descanso debe ser previamente acordado entre el trabajador y el empleador, y el pacto debe constar por escrito.

Por lo tanto, no se trata de un permiso que el trabajador pueda tomar unilateralmente: es necesario que exista un acuerdo entre ambas partes respecto del día de descanso y la forma en que se recuperarán las horas no trabajadas.

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