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Rebajas de condena: los fallos que abrieron el acceso al beneficio antes de los decretos de Rabat

Antes de recibir las rebajas de condena que hoy están bajo cuestionamiento, parte de los beneficiados había conseguido que los tribunales reabrieran su posibilidad de acceder a ellas. Las comisiones encargadas de evaluar sus casos los habían excluido del proceso o habían dejado sin efecto los meses de reducción que ya tenían reconocidos. Los presos por delitos sexuales contra menores de edad reclamaron ante las cortes y estas ordenaron revisar nuevamente sus situaciones.

La información se da a conocer después de una semana en que se desatara la polémica por la rebaja de condena y liberación de pederastas.

Mega Investiga revisó 27 fallos y los cruzó con los 33 nombres de beneficiados identificados por Radio Bío Bío. Ese análisis permitió establecer que, en al menos 17 casos, hubo resoluciones judiciales favorables que ordenaron reconsiderar las exclusiones, volver a evaluar la conducta de los condenados o conservar los meses de rebaja reconocidos anteriormente.

Un decimotercer beneficiado también había acudido a tribunales, aunque por una razón distinta: la comisión ya le había reconocido una rebaja, pero el Ministerio de Justicia demoraba la emisión del decreto que debía formalizarla. En su caso, la corte ordenó la libertad inmediata y exigió a la autoridad dictar ese documento.

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La cifra total de personas que recurrieron a la justicia sería mayor. Fuentes del Ministerio de Justicia aseguran a Mega Investiga que más de 40 de los 56 beneficiados habían acudido a tribunales antes de que se emitieran los decretos. Según esa versión, las comisiones los habían excluido por los delitos por los que fueron condenados y las cortes ordenaron revisar sus casos.

Los fallos examinados permiten reconstruir parte de ese recorrido. Primero, una comisión cerró el acceso al proceso de rebaja o eliminó meses previamente reconocidos. Luego, los condenados recurrieron a tribunales y obtuvieron órdenes para que sus antecedentes fueran evaluados otra vez, bajo las reglas que fijaron las cortes. Más tarde, Justicia formalizó las rebajas mediante decretos.

La distinción es relevante: en los casos de exclusión revisados, las resoluciones judiciales ordenaron retomar la evaluación del beneficio bajo determinados criterios. El alcance de esas órdenes debe distinguirse de los decretos posteriores que materializaron las reducciones de condena.

Según fuentes de Gobierno, estos pronunciamientos explican el “cambio de criterio” del ministro Fernando Rabat frente a las solicitudes.

Por qué las cortes ordenaron revisar las exclusiones

El conflicto se originó con una reforma a la Ley 19.856, publicada en febrero de 2022. Esa ley regula la reducción de condenas por comportamiento sobresaliente durante el cumplimiento de la pena. Las comisiones de reducción de condena intervienen en la evaluación de la conducta de los presos y en el reconocimiento de los meses que pueden descontarse.

La modificación de 2022 agregó nuevas prohibiciones para acceder al beneficio, entre ellas las que afectan a condenados por delitos sexuales contra menores.

La discusión que llegó a tribunales fue qué ocurría con quienes habían cometido sus delitos antes de ese cambio legal. También se debatió si correspondía dejar sin efecto los meses de reducción que ya se les habían reconocido.

En varias sentencias, las cortes concluyeron que la nueva prohibición no podía aplicarse a delitos cometidos antes de que entrara en vigor. Para ello invocaron el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable: una norma posterior no puede aplicarse hacia atrás si empeora la situación penal de una persona.

En fallos de la Corte Suprema se señala que ese principio protege la libertad personal de los condenados y que los requisitos del beneficio debían examinarse conforme al texto de la ley vigente cuando se cometieron los delitos.

Las resoluciones, sin embargo, no utilizaron siempre la misma referencia temporal. Algunas ordenaron considerar la legislación vigente al momento de los hechos; otras se refirieron a la fecha de la condena o al inicio del cumplimiento de la pena.

Dos fallos colectivos en Valdivia

Entre los documentos revisados por Mega Investiga hay dos sentencias de la Corte de Apelaciones de Valdivia que resolvieron reclamos de decenas de presos.

La primera fue dictada el 9 de enero de 2023, en la causa Rol 332-2022, y acogió los recursos de amparo presentados en favor de 64 internos. Mediante esas acciones, los condenados cuestionaban decisiones que afectaban su libertad al cerrarles el acceso a una eventual reducción de sus penas.

La comisión había acordado excluirlos del proceso de evaluación y dejar sin efecto los meses de rebaja que tenían acumulados. La decisión había sido adoptada en una sesión del 21 de noviembre de 2022.

La Corte de Valdivia anuló esas determinaciones y ordenó convocar a una nueva sesión dentro de cinco días desde que el fallo quedara firme. En ella, la comisión debía volver a pronunciarse considerando la legislación aplicable cuando los internos comenzaron a cumplir sus condenas.

Entre las personas incluidas en ese expediente figuran Pablo Eduardo Altamirano Valencia y Germán Fernando Leal Sáez, cuyos nombres aparecieron posteriormente en la nómina de beneficiados publicada por Bío Bío.
Un segundo fallo colectivo, identificado como Rol 49-2024 y dictado el 15 de marzo de 2024, resolvió una acción presentada en favor de 74 condenados por delitos sexuales contra menores.

Según los antecedentes expuestos ante la corte, todos habían sido condenados antes de la reforma de 2022 y mantenían buena conducta. Sin embargo, la comisión que sesionó en noviembre de 2023 los había excluido del proceso y, por mayoría, había decidido eliminar los meses de reducción que tenían reconocidos.

La Corte de Valdivia acogió el amparo. Cuatro personas incluidas en ese grupo aparecen también en la lista de Bío Bío: Altamirano y Leal, además de Heriberto Eliecer Alvarado Silva y Florentino Segundo Quijada Villar.

Los casos que llegaron a la Corte Suprema

Otros tres beneficiados identificados por Bío Bío obtuvieron resoluciones favorables de la Corte Suprema: Justo Emilio Vargas Gómez, Patricio Alberto Arancibia Farfán y Jordan Ignacio Celedón Villalba.

El caso de Vargas Gómez fue resuelto el 3 de junio de 2025. Los de Arancibia Farfán y Celedón Villalba, el 9 de enero del mismo año.

En los tres, el máximo tribunal acogió los recursos y ordenó revisar los requisitos del beneficio conforme a la ley vigente cuando se cometieron los delitos. Con ello, dispuso una nueva evaluación bajo las reglas anteriores a la reforma.

El debate también aparece en otra de las sentencias examinadas, correspondiente a Juan Andrés Mercado Calderón, de mayo de 2026. En ella, la mayoría de la Suprema sostuvo que no era admisible aplicar una norma posterior que incorporaba nuevas causales de exclusión y empeoraba la situación del condenado respecto de la forma de cumplir su pena.

Las órdenes de la Corte de Valparaíso

En Valparaíso, cinco personas que aparecen en la nómina de Bío Bío obtuvieron fallos que ordenaron retomar sus evaluaciones o conservar los meses de rebaja ya reconocidos.

El 30 de noviembre de 2023, la corte acogió el recurso de Juan Osvaldo Aceval Véliz e instruyó a la comisión “calificar la conducta del sentenciado y continuar conel procedimiento”, considerando todo el tiempo de reducción reconocido en períodos anteriores.

Al día siguiente, resolvió en el mismo sentido respecto de Gabriel Hernán Reyes Rebolledo.

El 10 de diciembre de 2024, en el caso de Juan Carlos Castillo Pereira, ordenó a la comisión considerar la totalidad de los meses de reducción que se le habían reconocido anteriormente. Seis días después, acogió el recurso de Jeison Emerson Palacios Cabrera y dispuso evaluar su conducta y continuar el proceso.

El 20 de agosto de 2025, la misma corte dejó sin efecto la exclusión de Eduardo Alberto Escobar Herrera. Ordenó revisar su conducta conforme a la normativa vigente cuando se cometieron los hechos, mantener los meses acumulados y seguir con la tramitación.

Estos cinco casos, sumados a los tres resueltos por la Suprema y a los cuatro identificados en los fallos colectivos de Valdivia, completan los 12 beneficiados cuyo cruce permitió documentar resoluciones sobre exclusiones o pérdida de meses previamente reconocidos.

El caso en que la corte ordenó la libertad inmediata

La situación de Maiker Isaac Villarroel Leiva —identificado como “Mayker” en la sentencia— tuvo un origen distinto.

Cuando recurrió a tribunales, la comisión ya le había reconocido una rebaja. El problema era que el Ministerio de Justicia todavía no emitía el decreto que debía formalizarla.

El 13 de julio de 2026, la Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó su libertad inmediata y dispuso que la autoridad dictara el decreto dentro de 24 horas.

Bío Bío informó que Villarroel recibió cinco meses de reducción mediante un decreto firmado por el subsecretario de Justicia, Luis Silva.

Su expediente eleva a 13 el número de personas de la nómina de ese medio respecto de las cuales Mega Investiga identificó pronunciamientos judiciales relacionados con sus rebajas. A diferencia de los otros 12, su reclamo apuntaba a la demora del Ministerio en formalizar un beneficio ya reconocido.

Los fallos anteriores a los decretos

La revisión muestra que parte de las rebajas tuvo una etapa judicial previa: las cortes intervinieron después de que las comisiones excluyeran a los condenados o eliminaran meses que ya les habían reconocido.

En esos casos, los tribunales fijaron las reglas con las que debían volver a evaluarse los antecedentes. Algunas sentencias exigieron, además, conservar el tiempo de reducción acumulado.

Ese es el recorrido que fuentes del Ministerio de Justicia aseguran que se repitió en más de 40 de los 56 beneficiados. El cruce documental realizado por Mega Investiga permite identificar a 12 personas con fallos sobre su exclusión o la pérdida de meses reconocidos, además del caso de Villarroel, referido a la demora en emitir el decreto.

La investigación de Radio Bío Bío identificó a 33 de los 56 condenados por delitos sexuales contra menores que recibieron rebajas administrativas durante el gobierno de José Antonio Kast y señaló que todos estaban en libertad.

De esos 33 decretos, según informó ese medio, 22 fueron firmados por Rabat, 10 por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, y uno por el subsecretario de Derechos Humanos, Pablo Mira. Los otros 23 beneficiados no habían podido ser identificados al cierre de su reportaje.

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