Mujer fue a cobrar herencia de sus padres pero el dinero había sido donado a Bomberos: Corte obligó a restituirlos
- Por Francisca Mieres
¿Qué pasó?
La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó al Banco Itaú restituir $107.305.158 que fueron transferidos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile y entregar toda la información relacionada con la herencia de una mujer, luego de acoger los recursos de protección que esta presentó contra la entidad bancaria.
La disputa judicial se originó luego de que la heredera denunciara que el banco le negó información sobre los productos financieros de sus padres fallecidos y, posteriormente, transfiriera más de $107 millones a Bomberos invocando una supuesta caducidad de los fondos.
¿Cómo comenzó el conflicto?
Según el fallo, la mujer, quien contaba con las posesiones efectivas testamentarias inscritas, solicitó al banco antecedentes sobre las cuentas y demás productos financieros que integraban la herencia.
Ir a la siguiente notaSin embargo, Banco Itaú le exigió documentos del Servicio de Registro Civil que, de acuerdo con la solicitante, no correspondían tratándose de una posesión efectiva tramitada judicialmente, lo que impedía avanzar en el proceso de partición hereditaria.
Posteriormente, la heredera tomó conocimiento de que Banco Itaú había transferido $107.305.158, correspondientes a la cuenta corriente de uno de los causantes, a Bomberos de Chile, invocando la caducidad establecida en el artículo 156 de la Ley General de Bancos por una supuesta falta de movimiento durante más de dos años.
La defensa del banco y el análisis de la Corte
Ante la Corte, Banco Itaú sostuvo que nunca negó información a la heredera, sino que aplicó protocolos internos de seguridad. Además, defendió que la transferencia de los fondos se realizó conforme a la normativa vigente y a las instrucciones de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Por su parte, Bomberos confirmó que recibió los recursos y que estos permanecían bajo su resguardo, sin haber sido distribuidos.
La Corte advirtió una contradicción relevante: un estado de cuenta emitido por el propio banco en abril de 2026 seguía informando un saldo de $107.305.158, pese a que la entidad afirmaba haber transferido ese dinero a Bomberos dos meses antes.
La sentencia, redactada por el ministro Rodrigo Arnoldo Cortés Gutiérrez, también estableció que existían gestiones previas de la heredera para obtener antecedentes de la sucesión, por lo que no podía sostenerse que los fondos permanecieran inactivos.
¿Qué ordenó el tribunal?
El fallo calificó como arbitrario e ilegal el traspaso de los recursos y estimó que Banco Itaú incumplió su deber de custodia.
En consecuencia, la Corte ordenó a la entidad bancaria entregar, dentro de cinco días hábiles, un informe completo sobre los saldos, depósitos, inversiones y movimientos financieros de ambos causantes.
Además, declaró ilegal la transferencia a Bomberos y dispuso el reintegro inmediato de los $107.305.158 a una cuenta de la sucesión o a un depósito judicial, con el fin de continuar el proceso de partición hereditaria.
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