Corte de La Serena ordena a la PDI dejar sin efecto traslado de funcionaria por vulnerar derechos de su hija menor
- Por Meganoticias
La Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección presentado en contra de la Policía de Investigaciones (PDI) y ordenó dejar sin efecto el traslado de una funcionaria desde la ciudad de Coyhaique a la comuna de Vicuña, decisión que el tribunal calificó como ilegal y arbitraria.
El fallo fue dictado en forma unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Iván Corona Albornoz y el abogado (i) Gabriel Gallardo Verdugo. Los magistrados concluyeron que la resolución de la PDI vulneró las garantías de integridad física y psíquica de la hija menor de edad de la funcionaria afectada.

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Subsidio DS27 para mejorar la vivienda: Estos son los requisitos de postulaciónEl tribunal tuvo presente la Ley N°21.430, vigente desde marzo de 2022, que establece el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en familia, y el deber del Estado de proteger el adecuado desarrollo de los menores. Según el fallo, la PDI no consideró el principio del interés superior del niño al ordenar el traslado de la funcionaria y su hija.

La resolución indica que el acto administrativo careció de razonabilidad y se emitió sin tomar en cuenta los antecedentes personales y familiares de la afectada. Además, se vulneró la igualdad ante la ley al tratar la situación familiar de la funcionaria como si fuera normal, sin darle el peso ni la importancia que correspondía.
El tribunal también destacó que la resolución que dispuso el traslado no explicó adecuadamente las razones que lo fundamentaban, incumpliendo con lo previsto en los artículos 11 y 41 de la Ley 19.880 sobre procedimientos administrativos.



Tras conocerse el fallo, el ministro Pulgar Bravo explicó que la normativa interna de la PDI obliga a considerar las situaciones familiares de los funcionarios en caso de traslados. En este caso, la decisión implicaba la separación de la funcionaria de su hija menor de edad, quien además practica un deporte que no podía continuar desarrollando en el lugar de destino.
El fallo se basó en la observación general N°14 del Comité de Derechos del Niño y en la Ley 21.430, las cuales exigen que en toda decisión que afecte la vida de un menor se consideren las variables que resguarden su bienestar. Por lo anterior, la Corte ordenó a la PDI dejar sin efecto la destinación y mantener a la funcionaria en su lugar habitual de trabajo junto a su familia.