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Sufrió un ACV pero médico lo envió a su casa y perdió el campo visual de un ojo: Ahora deberán pagarle 40 millones

Cuarenta millones de pesos. Esa es la cifra con la que deberá indemnizar el Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río (ex Posta Central) a un paciente por el concepto de daño moral.

Esto fue dictaminado por la Corte de Apelaciones de Santiago a propósito de la mala atención de ese centro asistencial que se le brindó a un paciente que había sufrido un accidente cerebrovascular (ACV).

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La acción tardía del hospital decantó en serias secuelas para el afectado, quien terminó perdiendo el campo visual de un ojo. En ese sentido, de acuerdo a lo que precisó la defensa de la víctima, "a la fecha de los hechos de que da cuenta la presente demanda, (el paciente) se encontraba llevando una vida normal para su edad".

Sin embargo, todo cambió cuando sufrió el accidente cerebrovascular, por lo cual fue enviado a la ex Posta Central en 2016. El 12 de agosto de ese año fue dado de alta en primera instancia con diagnóstico de egreso de "infarto cerebral agudo transitorio".

Después de eso, siguió con ciertos cuidados y siguiendo las indicaciones que se le habían dado desde el centro asistencial.

Mal diagnóstico trajo consecuencias irreversibles

En la madrugada del 29 de agosto del mismo año, el paciente volvió a sufrir un evento similar al que experimentó en primera instancia. "Recién a las 01.08 horas fue evaluado por un médico, quien ordenó un nuevo escáner de cerebro y evaluación de un neurólogo; pero el médico le informó al paciente que no tenía nada y que se quedara tranquilo, por cuanto el dolor pasaría pronto", se destaca en el documento judicial.

A eso de las 02:00 horas fue dado de alta con diagnóstico de cefalea vascular. Esto, a pesar de que continuaba con su visión borrosa.

"El médico tratante solicitó TAC de cerebro y evaluación neurológica, mas, no existe en el dato de atención de
urgencia constancia de haberse realizado dicho TAC, menos su resultado, ni tampoco la evaluación neurológica", subraya el escrito.

"Así las cosas, era importante haber considerado el TAC cerebral, por cuanto hubiera permitido haber determinado con precisión el ACV y no el erróneo diagnóstico de cefalea vascular, con lo cual, se perdió tiempo valioso", agrega.

Esa misma jornada debió volver a ese establecimiento, pues los síntomas no mostraban una mejoría. A pesar de eso fue derivado nuevamente a su hogar, sin que en su visita se mencionara el TAC y con un nuevo diagnóstico: cefalea tensional. 

Al no ver un avance en el sentir del paciente, la familia buscó ayuda particular, contratando a un neurólogo, lo que permitió diagnosticar "ACV isquémico en evolución de 48 horas".

"Producto de esta serie de errores de diagnóstico, de tratamiento y el incumplimiento de los mandatos de la lex artis por parte del personal médico de la Posta Central, (el paciente) resultó con pérdida
total de su campo visual izquierdo, además de disminución crítica de la visión del mismo ojo izquierdo, como consecuencia del ACV padecido y tratado imprudentemente por el equipo médico dependiente del Hospital demandado", remarca la defensa del afectado.

Dada las consecuencias de todo lo acontecido, se exigió que el hospital demandado indemnice por la suma de 190 millones de pesos por concepto de daño moral y otros 15 millones de pesos por daño material.

Sin embargo, se apeló a la sentencia y se ratificó la demanda, aunque solo parcialmente, teniendo que indemnizar finalmente al paciente por 40 millones de pesos.

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