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Ley corta de isapres: Comisión de Hacienda aprueba reajuste a precios de planes y despacha el proyecto

¿Qué pasó? 

La Comisión de Hacienda del Senado despachó la tarde de este martes el proyecto de ley corta de isapres, aprobándose la indicación renovada del Gobierno que permite el reajuste de planes de las aseguradoras y los plazos de las aseguradoras para pagar la deuda a los afiliados.

De este modo, las isapres podrán pedir a la Superintendencia de Salud conceder la posibilidad de que se realice un aumento extraordinario en el valor base de los planes de los usuarios.

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Ley Corta de Isapres fue despachada a Sala

La Comisión de Salud había rechazado hace una semana la indicación del Ejecutivo, ya que, según estimaciones de la Superintendencia de Salud, podría haber aumentos de hasta un 41% en los precios para lograr el equilibrio financiero de las isapres.

 

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Pese a ello, se dio "luz verde" a la iniciativa con los votos a favor de los senadores José García Ruminot (RN), José Miguel Insulza (PS), Ricardo Lagos Weber (PPD) y Sergio Gahona (UDI), quien reemplazó, en buena parte de la sesión, a Juan Antonio Coloma (UDI).

La única abstención fue la del senador Daniel Núñez (PC), quien argumentó que "tengo una gran desconfianza sobre las isapres, por su afán de lucro insaciable. Y esta norma no tiene tope en el alza (...) uno tiene la sospecha de que esto puede llevar a alzas abusivas".

De esta forma, el proyecto ahora deberá ser discutido en la Sala del Senado.

¿Qué propone la indicación del Gobierno a la Ley Corta de Isapres?

La indicación señala que las isapres deberán presentar "una propuesta fundada de alza de precio base para todos los contratos que administre en un porcentaje o monto necesario, para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de sus personas afiliadas y beneficiarias".

Esta propuesta será analizada por el Consejo Consultivo que crea la ley, sin embargo, será la Superintendencia de Salud la que tendrá la última palabra sobre si aceptar o no el nuevo plan.

En caso de ser rechazada en todas las instancias de apelación y revisión, será también la Superintendencia la que dictará plazo, cuotas, condiciones de restituciones y manera de notificar a los usuarios, así como las sanciones por incumplimiento.

Otra indicación también fue aprobada en la instancia, que apunta a que el alza "se deberá aplicar sobre el precio final del contrato, para estos se entenderá que es el precio pactado menos el precio cobrado por las garantías explícitas y el valor que las instituciones cobren por eventuales beneficios adicionales pactados".

"En la misma oportunidad y forma en que se comunique el ajuste la institución deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio pactado sea equivalente al vigente, a menos que se trate del precio del plan mínimo que ella ofrezca", agrega la indicación.

Asimismo, se informa que "dentro de los seis meses siguientes, las personas podrán solicitar cambiarse, para lo cual no podrá pedírseles una nueva declaración de salud".

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