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Por dineros "mal percibidos": Ordenan a doctor devolver más de 9 millones de pesos al Hospital Barros Luco

¿Qué pasó?

A pesar de que la Corte de Apelaciones de San Miguel había fallado en, primera instancia, a favor de un doctor al que se le exigía devolver más de 9 millones de pesos al Hospital Barros Luco, pues habrían sido remuneraciones mal percibidas, la Corte Suprema rechazó el recurso de protección que había sido interpuesto por el médico.

El profesional afirmó que desde el hospital en cuestión se le solicitó el reintegro de $9.175.723, pues desde la institución acusaban que eran dineros mal percibidos, sustentándose en un informe de Contraloría que apuntaba a que el doctor no cumplió con la totalidad de horas de contrato, debido a un tope de horario para impartir clases en una universidad.

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Según se desprende del documento judicial, el doctor alegaba que, "sin mediar procedimiento alguno en el cual haya sido emplazado" se le solicitó hacer efectiva la devolución.

Esto, de acuerdo al mismo profesional, constituye "una privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales" en lo que refiere a la igualdad ante la ley, la prohibición de establecer diferencias arbitrarias al derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.

Corte de San Miguel falló a favor del doctor, pero Suprema revocó

Ante lo expuesto, la Corte de Apelaciones San Miguel le dio la venia al recurso de protección interpuesto al considerar que la acción del recinto asistencial "infringe la normativa aplicable" por obligarlo a realizar el pago sin que existiese "procedimiento afinado con la posibilidad de audiencia".

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

Sin embargo, la Corte Suprema revocó lo dictaminado por la Corte de San Miguel, destacando que la solicitud de reintegro fue "por el hospital recurrido tras acatar la orden dictada al efecto por la Contraloría General de la República, en razón de existir remuneraciones mal percibidas".

El Máximo tribunal agregó que "la actuación del Hospital Barros Luco Trudeau carece de la ilegalidad o arbitrariedad denunciada, por lo que será rechazada la presente acción constitucional”.

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