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Corte de Apelaciones de Arica ordena vacunar a niña de 7 años tras la negativa de la madre

¿Qué pasó?

A través de una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección presentado por el municipio local y que ordena a la madre de una niña de 7 años a cumplir con el plan de vacunación del programa de inmunizaciones del Ministerio de Salud (Minsal). 

La instancia resolvió que "las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero existen casos excepcionales en que la potestad parental intenta imponer propias creencias, poniendo en riesgo la salud del niño, como en este caso, al privarla de la inmunidad que el plan de vacunación obligatorio aporta, actuando en contra de su interés superior, cuestión que justifica la intervención del aparato público”.

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De acuerdo a lo consignado por el Poder Judicial, la madre de la menor presentó argumentos para no inocular a su hija, destacando que esta habría tenido una alérgica crónica, además de dos episodios de reacción desfavorables ocurridos anteriormente al ser vacunada.

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

Respecto a estos, el tribunal de alzada apuntó a que "no existen antecedentes (...) que permitan dar por establecidas tales situaciones, acompañando como único antecedente un Certificado de Salud de 20 de octubre de 2023, emitido por una Médico Cirujano, del que solo es posible desprender que de acuerdo a los dichos de la propia madre se dejó constancia que la niña (...) mantiene como diagnóstico ‘reacciones alérgicas a las vacunas y alergia alimentaria’, el que resulta del todo insuficiente".

"Se está poniendo en riesgo a la población"

De la misma manera, la Corte de Apelaciones de Arica argumentó que si bien existe la "la libertad de un individuo en uso de su autonomía personal, de hacer o no hacer determinada cosa, está limitado cuando ello afecta la libertad o los derechos de otra persona, en este caso del colectivo social, pues al rechazar la vacunación se está poniendo en riesgo a la población ante posibles brotes de enfermedades que décadas atrás causaron la muerte de personas, y que en la actualidad, se encuentran controladas gracias al programa de inmunización del Estado”.

Así las cosas, se acogió el recurso "solo en cuanto se ordena a la recurrida someter a la niña (...) al plan de vacunación obligatorio establecido por el Servicio Nacional de Salud conforme a su edad, previa realización por este último organismo de un examen de alergias que razonablemente descarte contraindicaciones de su administración a la niña, tan pronto como quede ejecutoriada la presente sentencia. Se autoriza el auxilio de la fuerza pública en caso de oposición”.

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