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Ministerio de Hacienda y Dirección de Presupuesto detallan instructivo sobre transferencias del sector público

¿Qué pasó?

El Ministerio de Hacienda y la Dirección de Presupuesto detallaron un instructivo sobre transferencias del sector público, en medio de los escándalos conocidos en las últimas semanas y en la agenda de Probidad y Modernización del Estado.

Ambos entes enviaron el texto a todos los servicios del sector público para asegurar que los recursos que se transfieren a instituciones privadas sin fines de lucro sean destinados a los objetivos que se definen para ello, estableciendo nuevos requisitos para disponer de las transferencias.

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¿Qué se dijo?

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, afirmó que “este documento reitera normas existentes y las complementa incorporando factores de riesgo que se han identificado en los eventos que se han conocido en las últimas semanas”, expuso.

Según el jefe de cartera, esto se despachó el viernes pasado y todas sus medidas son aplicables tanto para el Gobierno Central como para los Gobiernos Regionales.

"Actualmente, hay muchas glosas del Presupuesto que contienen exigencias en esta materia. En esta ocasión se trata de generalizar ese requerimiento y asegurar que estos antecedentes se acrediten oportunamente. Lo mismo en cuanto a acreditar el objeto social de la institución y que esté alineado con el propósito del convenio y de la transferencia que se administra", añadió Marcel.

En tanto, la directora de Presupuestos, Javiera Martínez Fariña, manifestó que “este instructivo será complementado por las mejoras que incluirá el proyecto de ley de Presupuestos 2024, y por las recomendaciones que presente la Comisión Asesora Ministerial para la regulación de la relación entre las instituciones privadas sin fines de lucro y el Estado a fines de agosto”.

Medidas instruidas

Las 16 medidas que se reiteran o complementan acciones existentes son:

  1. Obligación de aplicar reglas generales de la contratación.
  2. Obligación de suscribir convenios en caso de efectuar transferencias a instituciones privadas.
  3. Obligación de utilizar el Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría General de la República.
  4. Obligación de exigir garantía.
  5. Obligación de acreditar antigüedad y experiencia.
  6. Obligación de acreditar objeto social.
  7. Limitación a la subcontratación.
  8. Obligatoriedad de inscripción en los Registros de Ley N°19.8629.
  9. Prohibición de fraccionamiento.
  10. Obligación de acreditar rendición de cuenta anterior.
  11. Transferencias a municipalidades.
  12. Obligación de restituir los recursos transferidos en el caso que indica.
  13. Obligación de no establecer compromisos que excedan el ejercicio presupuestario.
  14. Obligación de considerar transferencias en relación con el avance efectivo de la ejecución.
  15. Publicidad y transparencia.
  16. Aplicación del presente instructivo a los Gobiernos Regionales.

Tras detallar el instructivo, el ministro Marcel anunció el envío de un proyecto de ley sobre Beneficiarios Finales de los recursos del sector público y del sistema tributario. Esta iniciativa exigirá que todo contribuyente que reciba recursos públicos entregue información sobre las personas naturales que son propietarias de esas instituciones y los beneficiarios finales de los recursos.

“En los casos de empresas que tienen como socios a sociedades que a su vez pueden tener otras sociedades como accionistas, tiene que revelarse toda esa cadena de tal manera de entender claramente quiénes son las personas naturales que están detrás de la gestión y la recepción de los recursos que se originan en la actividad comercial y en la prestación de servicios y en la suscripción de convenios con el Estado”, cerró.

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