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Cinco de los indultados tenían causales para no recibir el beneficio: Boric aplicó atribución especial para liberarlos

¿Qué pasó?

Siguen los coletazos por la polémica decisión que tomó el Gobierno de indultar a 12 personas encarceladas en el marco de las manifestaciones del estallido social, además del exfrentista Jorge Mateluna. 

Además de las repercusiones en el mundo político, ahora se suma una nueva. Esto porque, según publicó El Mercurio, el Ejecutivo habría otorgado el beneficio a, al menos, cinco personas que eran reincidentes en materia penal, eventualmente a sabiendas de esto.

Atribución especial

De acuerdo al citado medio, desde La Moneda hicieron uso de una atribución legal especial, pues existían causales para denegar el indulto en esos casos. Esto, de acuerdo a la letra e del punto 4 de la Ley 18.050 que especifica que no se puede asignar este beneficio cuando el condenado "no hubiere cumplido a lo menos dos tercios de la pena en los casos de reincidentes, de condenados por dos o más delitos que merezcan pena aflictiva y por los delitos de parricidio, homicidio calificado, infanticidio, robo con homicidio previsto en el artículo 411 quáter del Código Penal y elaboración o tráfico de estupefacientes".

El matutino recoge la opinión de Enrique Navarro, exministro del Tribunal Constitucional, quien al ser consultado por el eventual conocimiento del Presidente de la situación de los indultados, señaló que "yo entiendo que sí y que aplican especialmente esa causal".

"Esa facultad debe ejercerse de manera muy excepcional y a través de un acto administrativo debidamente fundado (decreto supremo) y que fundamente suficientemente las razones humanitarias u otras especialísimas", agrega.

Además, el abogado Eduardo Cordero indicó que "esta causal se usa para darle la mayor discrecionalidad posible al Presidente y blindar el acto frente al control judicial. Sin embargo, creo que se debe poner atención en la fundamentación de la causal invocada. Creo que ahí está la debilidad, pues al parecer se piensa que solo basta invocarla para liberarse de los requisitos que establece la ley, como es la prohibición de indultar a delincuentes habituales o de condenados que hubieren obtenido indulto anteriormente".

Indultados cuentan con casi cien causas previas al estallido

Los indultados suman cerca de cien causas judiciales antes del estallido social, de acuerdo a información acumulada en el Poder Judicial.

De los 12 indultados por delitos ligados al estallido social, tres de ellos habían sido procesados judicialmente antes y en el caso de dos, fueron sancionados por delitos detallados en la inhabilidad descrita por la Ley 18.050.

Aquellos con antecedentes, son Luis Castillo (36), Bastián Campos (22) y Jordano Santander (37), Claudio Romero (20) y Sebastián Rojas (21).