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Caso Tomás Bravo: Defensa del tío abuelo del menor se opone a que sea sometido a examen de cabello

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La defensa del tío abuelo de Tomás Bravo, Jorge Escobar, presentó un recurso de amparo para evitar que la Fiscalía le realice una extracción de cabello al único imputado en el caso, para llevar a cabo nuevas diligencias, procedimiento que ya fue concedido por el Juzgado de Garantía de Arauco.

Cristián Sleman, jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Biobío, afirmó que el tipo de pericia que quiere llevar a cabo el Ministerio Público podría causar un error judicial, argumentando que en Estados Unidos fueron condenadas personas inocentes a raíz de este examen.

¿Qué dijo la Defensoría?

"Lo que busca la Defensoría es oponerse a una medida intrusiva que había solicitado el Ministerio Público, dado que desde el primer momento, desde febrero del presente año para ser más exacto, que el Ministerio Público y las policías cuentan con todo el perfil genético de nuestro representado para efectos de realizar todas las diligencias necesarias para acreditar su identidad y corroborarla con toda la evidencia que hoy día existe en la investigación", señaló Sleman. 

"A pesar de esto, el Ministerio Público ha insistido y ha solicitado a través de un juez de garantía la extracción de cabellos de nuestro representado para realizar una diligencia que a nuestro juicio no solamente es improcedente, sino que además no cumplen los principios que establece la propia norma en cuanto a la necesidad y la relevancia", sostuvo.

En ese sentido, afirmó que la diligencia "pretende, en definitiva, realizar peritajes que, por ejemplo, en Estados Unidos están prohibidos por declararse en el ámbito de criminalística pseudociencia, que es establecer la identidad de una persona a través de la contextura morfológica de un cabello". 

Personas inocentes condenadas

Sleman aseguró que: "el Departamento de Justicia y el FBI el año 2015 publicaron que este tipo de evidencia, es decir, establecer la identidad a través de la morfología de pelo, había sido una importante causa de error judicial que había llevado a condenar a personas inocentes, dentro de las cuales incluso había 14 personas que ya habían sido ejecutadas con la pena capital".

"Situaciones de ese nivel, naturalmente, no se pueden replicar en nuestro sistema judicial y mucho menos en una causa de esta connotación. Por tanto, nosotros hemos entregado todos estos antecedentes a la ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción a fin de que restablezca el imperio del derecho y le indique al Ministerio Público que debe realizar las diligencias pendientes con los perfiles de ADN que están disponibles desde el primer momento de la investigación", recalcó. 

¿Qué dice el recurso?

El documento presentado a la Corte de Apelaciones, sostiene que en la resolución del Juzgado de Garantía "no se realizó un análisis de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la solicitud del Ministerio Público, en la resolución impugnada, dictada por la jueza de garantía de Arauco doña Perla Roa Borgoño el día 25 de octubre de 2021. Para ello es preciso tener presente que durante la investigación, a nuestro representado se le han tomado muestra biológica, razón por la cual el Ministerio Público cuenta con su perfil genético, apto para realizar comparaciones con otras muestras obtenidas durante la investigación".

"El objeto de la pericia ordenada por el Ministerio Público, de carácter comparativo, es una apreciación subjetiva, que consiste en determinar la estructura morfológica de un cabello y compararlo a través de la observación; cuestión que no pasa por otro filtro, no dan certeza científica, de su resultado, en contraposición al análisis comparativo de ADN, y como ya se ha expuesto, el perfil biológico de nuestro representado se encuentra a disposición del Ministerio Público", agrega.

Este artículo informa de un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que los organismos pertinentes lo determinen.

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