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Los beneficios y ayudas que dependen del Estado de Catástrofe, tras palabras de Paris sobre posible no renovación

  • Por Meganoticias

Fue el pasado 24 de junio cuando el Congreso despachó la última renovación del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe solicitada por el Gobierno, con el objeto de hacer frente a la pandemia del coronavirus

Dicha extensión vence este 30 de septiembre próximo, por lo que si el Ejecutivo pretende seguir con ella, tendría que enviar un nuevo proyecto de ley, el cual tiene que ser aprobado por ambas cámaras.  

Sin embargo, debido a la mejoría en las cifras de la pandemia, es altamente probable que en La Moneda opten por no insistir en el Estado de Excepción Constitucional. Así al menos lo señaló el ministro de Salud, Enrique Paris, aunque dejó en claro que no es una decisión que le compete únicamente a su cartera.

¿Qué dijo Paris?

"Por el momento, no consideramos que se vaya a presentar un nuevo proyecto. Sin embargo, es un tema no solamente sanitario, sino que con una iniciativa del Ejecutivo en su totalidad", recalcó el ministro.

"Todo apunta a que si las cifras se mantienen en forma positiva, no sería necesario (extenderlo). Sin embargo, la alerta sanitaria sí la vamos a mantener, ya que nos permite, por ejemplo, contratar gente y hacer los testeos y aislamientos, por lo que es muy probable, casi 100 % seguro, que la alerta sanitaria sí se va a mantener", agregó.

Medidas que dependen del Estado de Catástrofe

Durante su intervención en la Cámara previo a la votación de la última extensión el 24 de junio pasado, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, entregó el detalle de varias leyes o medidas que se encuentran sujetas al Estado de Catástrofe.

  • Licencia médica preventiva parental: El postnatal de emergencia.
  • Prohibición de despido incluida en la ley de protección del empleo.
  • Suspensión temporal de procesos electorales.
  • Prórroga de la vigencia de mandatos de delegados sindicales entre otras agrupaciones, cooperativas.
  • Autorización de pago automático de las pensiones de los beneficiarios de la Cuenta Rut del BancoEstado
  • El teletrabajo para mujeres embarazadas.
  • Subsidio Protege.
  • Autorización a la subsecretaría de Servicios Sociales para contratar personal para desempeñar funciones en los establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
  • Ley que establece un régimen jurídico de excepción para procesos judiciales.
  • Prórroga del mando de las directivas, comunidades, asociaciones indígenas, así como la vigencia de las actuales representantes indígenas de la Conadi

Tras esto, el titular de la cartera realizó un llamado a aprobar el decreto del Ejecutivo, señalando que "sabemos que queda un camino largo y se requieren este tipo de medidas".

El decreto enviado en junio

En el oficio enviado en dicha oportunidad, el Gobierno indica que: "La situación de brote del virus a nivel mundial confirma la dificultad de lograr su eliminación de manera absoluta, al menos en el corto plazo. En particular, ha sido necesario adoptar diversas medidas, entre ellas, cuarentena, medida de aislamiento nocturno (toque de queda), prohibición de traslado interregional o de funcionamiento de ciertos recintos, u otras, según lo dispuesto en el plan Paso a Paso".

Gradualidad

"La adopción y la eliminación de medidas de tales características requiere de una cierta gradualidad, lo que supone la continuidad del estado de excepción constitucional, mientras las condiciones epidemiológicas y el avance del proceso de vacunación así lo ameriten", agregaba el documento.

En ese sentido, señalaba que: "A pesar de que nos encontramos en un estado avanzado del proceso de vacunación de la población y de la ejecución de las medidas señaladas, en atención a las nuevas cepas del virus (y aquellas que se podrían dar en el futuro por la alta mutabilidad del virus) y el contexto epidemiológico actual que se da en una época invernal, resulta relevante poder prorrogar el estado de excepción constitucional de catástrofe".

¿Qué significa la medida?

La Constitución actual indica que "una vez declarado el Estado de Catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente".

Además bajo esta medida se pueden:

  • Restringir las libertades de locomoción y reunión.
  • Disponer de la requisaciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de la propiedad.
  • Adoptar medidas extraordinarias de carácter administrativo para restablecer la normalidad en las zonas afectadas.

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