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Defensa de comunidades indígenas valora fallo contra mina Cerro Colorado

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El abogado que representa a las comunidades indígenas que se manifiestan en contra de la mina Cerro Colorado valoró la decisión de la Corte Suprema que ordena considerar las observaciones planteadas por las agrupacciones al proyecto de continuidad minero, que pertenece a la empresa angloaustraliana BHP Billiton.

Las comunidades habían acusado en reiteradas ocasiones que la compañía no las había considerado y que las faenas tenían impacto ambiental en sus tierras, dañando recursos protegidos.

¿Qué dijo el abogado?

El defensor Lorenzo Soto manifestó: "Con gran satisfacción recibimos el fallo de la Corte Suprema, estando a favor de la comunidad indigena aymara de Quipisca en contra de la compañía minera Cerro Colorado".

"Ha ordenado que se rehaga toda la evaluación respecto al daño que ha causado esta compañía a los recursos hídricos del altiplano, desecando los bofedales y además afectando gravemente el derecho a participación y de consulta de los pueblos indígenas", agregó.

El fallo

El fallo de la Corte Suprema considera que hubo error de derecho al no considerar las observaciones realizadas por la comunidad indígena sobre un proyecto que tendría repercusiones en su forma de vida.

"Fluye que la participación de los pueblos afectados por un proyecto en el PCI, les permite ser parte de un intercambio de información relevante acerca de las obras a realizar y la forma en que ellas influirán en sus sistemas de vida, la exposición de los puntos de vista de cada uno de los potenciales afectados de manera de determinar la forma específica en que el proyecto les perturba, el ofrecimiento de medidas de mitigación, compensación y/o reparación por parte del titular del proyecto", sostiene.

"Si bien Participación Ciudadana y Consulta Indígena son distintas, no puede desconocerse que tienen un objeto común, esto es, permitir que la comunidad pueda plantear sus observaciones y cuestionamientos desde la perspectiva medioambiental respectos de proyectos que deben ser evaluados ambientalmente", añade.

Finalmente, indica que: "La autoridad ambiental deberá tener en consideración todas las variables que incidan sobre el comportamiento a futuro de los recursos naturales en estudio, así como también todos aquellos factores que resulten procedentes conforme a la normativa ambiental vigente, en los términos razonados en el motivo noveno del presente fallo".

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