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Largas filas en Tribunal de Familia por retención del 10% a deudores de pensión alimenticia

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Desde primera hora de este miércoles se registran largas filas en el Tribunal de Familia ubicado en calle San Martín con General Mackenna, comuna de Santiago, con personas que esperan solucionar los problemas encontrados en la tramitación de la retención del 10% retirado desde las AFP por deudas de pensión alimenticia.

¿Qué trámites realizan en el tribunal?

Consultados por el equipo de Meganoticias Alerta, las personas reclaman que solamente se entregan 250 cupos de atención, número que no alcanza a cubrir la demanda.

Entre los afectados hay principalmente mujeres que han demandando a exparejas por el pago de la pensión de alimentos de los hijos, existiendo varios casos que no se ha producido el retiro ni la retención.

No obstante, también hay hombres que esperan solucionar distintos inconvenientes con el trámite.

¿En qué consiste la ley?

La normativa permite que, una vez presentada la solicitud de retención por parte del alimentario, el juez deberá notificar a las AFP, en un máximo 48 horas, que los fondos previsionales del deudor se encuentran retenidos.

Posteriormente, las compañías serán las encargadas de comunicar a sus afiliados sobre el estado de sus dineros.

El proyecto despachado contempla los siguientes puntos principales:

  • Facultad al juez para dictar una resolución de plano, que permite asegurar la custodia de los fondos con una simple notificación de las AFP, la que debe hacerse en un plazo máximo de 24 horas desde el ingreso de la solicitud de retención.
  • El punto anterior pretende solucionar el problema vigente que ocurre con la obligación de los tribunales de notificar al demandado de la retención en un plazo de cinco días, luego de efectuada la solicitud, ya que en caso contrario los fondos pueden ser liberados.
  • Se otorga al tribunal la posibilidad de decretar de oficio la retención de los dineros en las causas de pensiones de alimentos que tenga en conocimiento.
  • Se amplía la duración de la medida de retención de los fondos, estableciéndose que se extenderá hasta que haya resguardos suficientes que aseguren el pago de las pensiones alimenticias adeudadas.
  • Se instala un mecanismo tutelar especial durante el período de vigencia de la solicitud del retiro de los fondos de pensiones, el cual estipula la retención de los fondos de quienes están en nómina de deudores que el Poder Judicial enviará mensualmente a las AFP.
  • Finalmente, se establece que, en los casos en que se concrete el retiro de los fondos antes de que se cumpliera la medida de retención y el solicitante no haya declarado que tenía una deuda por alimentos, la AFP deberá enviar los antecedentes al Ministerio Público para perseguir la responsabilidad penal que pueda corresponder.

El proyecto despachado en agosto pasado fue tramitando sin la indicación que establece el retiro forzoso de los fondos previsionales, para los padres que mantengan deudas por pensiones alimenticias.

Complemento a la Ley del 10%

Si bien la ley que establece el retiro anticipado de fondos de pensión establece que los montos solo podrán ser retenidos por deudas alimentarias, no contempla un mecanismo que asegure el cumplimiento de este aspecto. Por lo que este proyecto es un complemento. 

Dado lo anterior, varias iniciativas legales fueron presentadas por parlamentarios y el Gobierno en pos de lograr concretar el pago de pensiones alimenticias. Este es el primero en ser despachado. 

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