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Uso obligatorio de mascarillas: Las nuevas facultades de la alerta sanitaria por coronavirus en Chile

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este sábado, en el Diario Oficial, se publicaron nuevas medidas que podrían efectuarse en el marco de la alerta sanitaria declarada en el país por la epidemia de coronavirus, la cual entró en vigencia a inicios de febrero, un mes antes que se confirmara el primer caso en Chile.

Esta modificación al decreto original amplía ciertas facultades que pueden ejercer el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de Redes Asistenciales.

¿Cuáles son las nuevas facultades?

Entre las nuevas disposiciones se incluye que se entregará “a título gratuito u oneroso, medicamentos, dispositivos médicos u otros elementos sanitizadores a grupos objetivos previamente definidos” por la autoridad sanitaria.

Además, se ordenará “el uso obligatorio de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en medios de transporte, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, en cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas”.

A esto se suma que se autorizarán “provisoriamente hospitales de implementación acelerada, tales como hospitales de campaña o modulares”, los que estarán bajo dependencia de otros recintos asistenciales, y la prestación de salud en “inmuebles que no estén autorizados como establecimientos asistenciales”, aunque garantizando la seguridad del paciente.

Finalmente, también se podría disponer la “prohibición temporal de desembarco de pasajeros naves y aeronaves”, la “vacunación de personas que no se encuentren dentro de los grupos objetivos” y la instalación “de forma gratuita, de dispositivos de dispensación de alcohol gel u otros sanitizantes de manos en lugares de acceso público o donde exista aglomeración de personas”.