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Restricción vehicular: Revisa el calendario de dígitos para la última semana

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La restricción vehicular para vehículos catalíticos se extenderá hasta el 31 de agosto próximo y, desde este 2019, son dos dígitos diarios para autos con sello verde, inscritos antes de septiembre de 2011.

De esta forma, la medida del ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), permite retirar de circulación un promedio de 200 mil vehículos por día al interior del anillo de Américo Vespucio.

Cabe señalar que la restricción rige sólo en días hábiles, exceptuando así feriados y festivos, entre las 07:30 y 21:00 horas.

La medida no afectará a vehículos inscritos desde 2012 en adelante, incluso en días de máxima emergencia ambiental. El calendario de dígitos rige hasta el fin de la restricción el 31 de agosto.

Restricción para vehículos con sello verde

Automóviles con sello verde

Por otro lado, los automóviles, stations wagons y similares con sello verde -pero inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011- se regirán por el siguiente calendario:

  • Lunes 26 de agosto: 4 y 5.
  • Martes 27 de agosto: 6 y 7.
  • Miércoles 28 de agosto: 8 y 9.
  • Jueves 29 de agosto: 0 y 1.
  • Viernes 30 de agosto: 2 y 3.

Motos entre 2002 Y 2010

La restricción también corre para las motocicletas -aquellas inscritas entre el 1 de septiembre de 2002 y el 1 de septiembre de 2010- y el calendario de restricción es el siguiente:

  • Lunes 26 de agosto: 4 y 5.
  • Martes 27 de agosto: 6 y 7.
  • Miércoles 28 de agosto: 8 y 9.
  • Jueves 29 de agosto: 0 y 1.
  • Viernes 30 de agosto: 2 y 3.

Restricción para vehículos sin sello verde

Automóviles sin sello verde

Para automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, el calendario es el siguiente:

  • Lunes 26 de agosto: 8, 9, 0 y 1.
  • Martes 27 de agosto: 2, 3, 4 y 5.
  • Miércoles 28 de agosto: 6, 7, 8 y 9.
  • Jueves 29 de agosto: 0, 1, 2 y 3.
  • Viernes 30 de agosto: 4, 5, 6 y 7.

Motos antes de 2002

La restricción también corre para las motocicletas -aquellas inscritas antes del 1 de septiembre de 2002- y el calendario de restricción es el siguiente:

  • Lunes 26 de agosto: 8, 9, 0 y 1.
  • Martes 27 de agosto: 2, 3, 4 y 5.
  • Miércoles 28 de agosto: 6, 7, 8 y 9.
  • Jueves 29 de agosto: 0, 1, 2 y 3.
  • Viernes 30 de agosto: 4, 5, 6 y 7.