Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Tenía prohibido hablar con expareja por VIF, pero le envió canción por WhatsApp: Juez consideró desobediencia a condena

Argentina fue escenario de un particular suceso judicial. Resulta que un hombre denunciado por violencia intrafamiliar (VIF) tenía la prohibición de contactar a su expareja, quien lo acusó ante la justicia por el maltrato ejercido en su contra.

Sin embargo, tras la sentencia del Juzgado Nacional de Primera Instancia trasandino, el sujeto le envió una canción a través de WhatsApp. Supuestamente, la letra de la melodía no era agresiva, pero bastó para que la mujer nuevamente lo denunciara. 

Ir a la siguiente nota

Casi un año después de aquella breve conversación mediante la famosa plataforma de mensajería, la Cámara Nacional de Apelaciones de Argentina dictaminó que el denunciado violó la prohibición que se le había impuesto.

"Qué necesidad tenés de ser tan psicópata"

Fue el 6 de octubre de 2022 cuando el juzgado le ordenó al denunciado "cesar todo acto de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, pudiere realizar respecto de la denunciante".

Al mes y medio más tarde, el hombre la contactó por WhatsApp. Según se detalla en la sentencia de la Cámara Nacional, en la conversación él la reprochaba por, presuntamente, no dejarle ver a sus hijos.

 

La mujer había denunciado a su expareja por violencia intrafamiliar (Px Fuel)

 

Fue en ese contexto en que le envió un enlace de una canción —en el documento no se especifica cuál era, pero el abogado del infractor aseguró que no tenía letra violenta.

Al respecto, la mujer le contestó: "Qué necesidad tenés de ser tan psicópata. Mandarme una música, después de todo lo que hacés. Me quedo con los actos y no las palabras. Por favor, dejame en paz".

Desobediencia a la condena

Otro argumento que presentó la defensa del condenado es que el tribunal le había ordenado abstenerse de realizar actos de "perturbación o intimidación", así que el envío de una canción no podía considerarse como delito de desobediencia.

 

La Cámara Nacional de Argentina desestimó los argumentos del abogado del denunciado (Freepik)

 

 

Sin embargo, la Cámara estimó lo contrario: ambos podían comunicarse, exclusivamente para acordar los días en que los hijos, bajo la tuición de la madre, estarían con su progenitor. Por lo tanto, el envío del mencionado enlace "no guarda ninguna relación razonable".

Todo ello resulta suficiente para considerar que "violó la orden impartida por el magistrado, porque perturbó a su expareja. Vale destacar que la Real Academia Española sostiene que 'perturbar' —en su primera acepción— significa 'inmutar, trastornar el orden y concierto, o la quietud y el sosiego de algo o de alguien'”, concluyó el organismo judicial argentino.

Denuncia

Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.

El número se puede marcar tanto en teléfono fijo como en el celular y desde ahí brindan orientación para ayudar a víctimas de maltrato o te guían con los mecanismos para realizar una denuncia.

Todo sobre Sucesos