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Subsidio DS49: ¿Quiénes deben tener un ahorro de 15 UF en su cuenta para postular?

Si una familia está en situación de vulnerabilidad social y necesidad de una vivienda, puede postular al Subsidio DS49 para acceder a una sin necesitar un crédito hipotecario.

Consiste en un beneficio compuesto por un monto base y aportes complementarios, cuyos valores varían según la ubicación del inmueble, condiciones del proyecto y los postulantes.

¿Quiénes deben tener un ahorro de 15 UF para postular al Subsidio DS49?

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) indica que el ahorro mínimo debe ser de 15 UF si, durante una postulación colectiva, un postulante pertenece a un tramo mayor al 40% del Registro Social de Hogares.

En cambio, si pertenece al tramo de hasta el 40%, deberá contar con un ahorro mínimo de 10 UF. En ambos casos, el ahorro debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior al ingreso de los antecedentes para la postulación del grupo.

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Asimismo, debe cumplir con las siguientes condiciones para presentar la solicitud:

  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Contar con cédula nacional de identidad vigente.
  • Si es extranjero, debe contar con su cédula de identidad para extranjeros vigente y en ella constar su residencia definitiva, más una fotocopia.
  • Estar inscrito en el RSH y no superar el tramo del 40% más vulnerable.
  • Si la postulación es colectiva, al menos un 70% de los integrantes del grupo debe pertenecer al 40% más vulnerable y hasta el 30% restante podrá pertenecer a tramos de hasta el 90%.
  • Si la postulación es individual y para construcción en sitio propio, el postulante debe pertenecer hasta el 50% más vulnerable.
  • Acreditar en el RSH un grupo familiar. Solo pueden postular individualmente los adultos mayores, viudos o las personas con un grado de discapacidad acreditado, con calidad de indígenas o que sean reconocidas en el Informe Valech.

Opciones para postular al Subsidio DS49

Los interesados pueden postular a una de las cuatro alternativas que les permiten cumplir su sueño habitacional:

  • Construcción en nuevos terrenos: proyectos habitacionales que tienen entre 10 y 160 viviendas. Incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes. La postulación es colectiva.
  • Pequeño condominio: proyectos de entre 2 y 9 viviendas. Se desarrolla en un terreno urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442). La postulación es colectiva.
  • Construcción en sitio propio: edificación de una vivienda en un terreno que pertenece a la persona que postula. La postulación puede ser colectiva o individual.
  • Densificación predial: construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades habitacionales. La postulación puede ser colectiva o individual.

¿Cómo postular al Subsidio DS49?

Los solicitantes deben primero abrir una cuenta de ahorro para la vivienda y depositar al menos el monto mínimo de ahorro. Luego, tendrán que informarse y solicitar orientación sobre los programas del Minvu y las fechas de postulación.

Después, deben revisar su porcentaje de calificación socioeconómica en el Registro Social de Hogares, para finalmente dirigirse a una Entidad Patrocinante en convenio con el Minvu para preparar el proyecto habitacional.

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