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¿Qué pasa con mis fondos del Seguro de Cesantía cuando me pensiono?

Uno de los beneficios más importantes que se entrega en el país es el Seguro de Cesantía, el que se paga a las personas que estaban trabajando con contrato, pero quedaron desempleadas.

Este dinero corresponde a un monto que la o el trabajador acumuló en su periodo de empleo, mediante cuotas mensuales que se descontaban del sueldo bruto mensual y que se destinaban a la denominada Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

LO ÚLTIMO

Una vez que la persona queda cesante, puede solicitar su dinero a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Sin embargo, muchos se preguntan qué ocurre en el caso de las personas que no quedan desempleadas, sino que se pensionan. ¿Pierden su Seguro de Cesantía? A continuación, te damos la respuesta.

¿Qué pasa con la plata del Seguro de Cesantía si me pensiono?

Los fondos del Seguro de Cesantía son propiedad de cada persona, por lo que una vez que te pensionas tienes dos opciones:

  1. Tienes derecho a retirar en un solo giro todos los fondos ahorrados en tu Cuenta Individual, sin pagar impuestos y sin importar el saldo que tengas.
  2. Tienes la opción de hacer el traspaso de tus fondos, de forma parcial o total, desde tu Cuenta Individual a tu cuenta de pensión de AFP. En este caso, debes pedir el traspaso directamente a tu respectiva administradora de fondos de pensiones.

 

Seguro de Cesantía / Aton Chile (Referencial)

 

¿Qué tipo de pensión me permite obtener el dinero del Seguro de Cesantía? Estos son los requisitos

Según destaca el sitio web de la AFC, podrás acceder a los beneficios para pensionados del Seguro de Cesantía en los siguientes casos:

  • Pensión pagada por las AFP, ya sea por:
  1. Vejez a la edad legal o anticipada.
  2. Invalidez total, acreditado con un certificado emitido por la AFP.
  3. Invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado, lo que debe acreditarse con un certificado emitido por la AFP.
  • Pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
  • Pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
  • Pensión del régimen previsional antiguo (IPS).

Esto también incluye a los pensionados que siguen ejerciendo como trabajadores de casa particular, los que igualmente pueden seguir juntando dinero en su Cuenta Individual. Asimismo, pueden solicitarla quienes reciben pensión anticipada por enfermedad terminal.

 

Los pensionados pueden retirar todo su Seguro de Cesantía / Aton Chile (Referencial)

 

¿Cómo solicitar el retiro total de fondos si me pensiono y qué documentos necesito?

Si cumples con los requisitos antes mencionados, podrás solicitar el retiro total de fondos del Seguro de Cesantía de dos maneras diferentes:

  • Online: Ingresa directamente a la Sucursal Virtual en este enlace con tu RUT y Clave Única o Clave AFC. Una vez adentro, pulsa en la sección "Mis trámites", luego en "Solicitud de retiro de pensionado" y finalmente en "Ingreso de solicitud" y coloca tus datos.
  • Presencial: En cualquier sucursal de AFC Chile, cuyas sedes puedes conocer aquí. Si vives en el extranjero debes hacer el trámite en el consulado respectivo.

En la tramitación, debes presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Última liquidación de pago de pensión.
  • Certificado de resolución de pensión emitido por la respectiva AFP, IPS o Cajas de Previsión (FF.AA., CAPREDENA o DIPRECA), que indique fecha de inicio de la pensión y tipo de pensión que recibes.
  • Si aplica, certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado emitido por la AFP.
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¿Cómo se paga el dinero del Seguro de Cesantía si me pensiono?

El Seguro de Cesantía se paga el jueves siguiente al que te aprueben la solicitud y puede ser por depósito en la Cuenta RUT o alguna otra cuenta bancaria.

También, tienes la opción de retiro presencial a través de Servipag o sucursales de Banco Estado.

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