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¿Aún no cobras el Aporte Familiar Permanente? Conoce hasta cuándo tienes plazo para hacerlo

Si bien se pagó a principios de año, probablemente existan hogares que aún no cobran el dinero que entrega el Aporte Familiar Permanente, más conocido como Bono Marzo.

Este 2023, el beneficio otorgó dos montos diferentes a sus respectivos destinatarios: el tradicional, que equivalía a $59.452; y el extraordinario, correspondiente a $60.000 y cuya entrega se concretó por decisión excepcional del Gobierno, en el marco de sus medidas en seguridad económica.

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Por lo tanto, es posible que haya beneficiarios que no han cobrado los casi $120.000, dinero que podrían perder en caso de no reclamarlo dentro del plazo estipulado.

¿Hasta cuándo se puede cobrar el Aporte Familiar Permanente?

Tal como se ha implementado en años anteriores, los beneficiarios de la bonificación tienen nueve meses para efectuar el cobro del dinero, contabilizando desde que se efectuó el pago

Eso sí, no todos tienen la misma fecha de vencimiento del cobro, dado que el dinero se entregó en tres procesos distintos. En detalle:

  • A la primera nómina de beneficiarios se les pagó el 15 de febrero.
  • A la segunda, el 1 de marzo.
  • A la tercera, el 15 de marzo.

 

Imagen referencial de dinero.

 

Aplicados los nueve meses de vigencia, entonces el plazo para cobrar el bono corresponde a los siguientes días:

  • La primera nómina de beneficiarios puede cobrar el dinero hasta el 15 de noviembre de 2023.
  • La segunda, hasta el 1 de diciembre.
  • La tercera, hasta el 15 de diciembre.

El cobro del pago extraordinario del Bono Marzo técnicamente no vence, ya que se entrega junto al monto convencional del beneficio. 

¿Quiénes pueden tener el cobro pendiente del Bono Marzo?

A rasgos generales, la ayuda económica se entregaba a las familias que, al 31 de diciembre de 2022, recibían los pagos del Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Asignación Maternal; o eran participantes de los programas Seguridades y Oportunidades, o Chile Solidario.

Definidas las nóminas, el Instituto de Previsión Social (IPS) estableció tres modalidades de pago, las que corresponden a:

  • Si la persona no es beneficiaria habitual del IPS y tiene Cuenta RUT vigente, se le depositará el Aporte Familiar Permanente en esa cuenta.
  • En el caso de las personas que reciben mensualmente beneficios del IPS, si cumplen los requisitos se les pagará el Aporte de la misma manera como reciben esos beneficios.

La tercera forma de pago es la que involucra a personas que eventualmente tienen disponible el cobro del beneficio:

  • Si la persona no es beneficiaria habitual del IPS y no tiene Cuenta RUT, el Aporte se le pagará en forma presencial.

En el caso de esta situación, las personas pueden hacer la consulta, con RUT y fecha de nacimiento, en esta plataforma del IPS (clic aquí).

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