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Bono de Protección: ¿Cómo recibir el beneficio prioritario para dueñas de casa?

El Bono de Protección, popularmente conocido como "Bono Dueña de Casa", es un beneficio que va dirigido a un grupo específico de la población que, además, debe cumplir con ciertas condiciones para poder calificar a los montos que se entregan.

Eso sí, cabe destacar que no se trata de un bono al cual se deba postular, por lo que la entrega del beneficio es automática, siempre que se cumpla con las condiciones respectivas.

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¿Quiénes reciben el Bono de Protección?

El bono va dirigido a las personas que se encuentran dentro del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades y que hayan aceptado la invitación a participar de uno de los siguientes programas:

  • Familias
  • Abriendo Caminos
  • Calle
  • Vínculos

Esto mediante la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención. Una vez realizados esos trámites, se podrán efectuar las diligencias para hacer efectivos los pagos correspondientes.

Otro de los puntos a destacar es que los pagos se entregan a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  1. Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental, o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  2. Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  3. Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  4. Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  5. Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  6. Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

El pago de los dineros se les hace llegar a los beneficiarios a través de la Cuenta RUT del Banco Estado. En el caso de no poseer la tarjeta, es el propio Ministerio de Desarrollo Social y Familia que se encarga de realizar la apertura de ese producto.

Los montos del Bono de Protección

  • Los primeros 6 meses, el bono asciende a $21.823.
  • Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.
  • Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.
  • Desde el mes 19 al 24: $16.828 (valor corresponde a monto SUF).

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