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Bolsillo Familiar Electrónico: ¿Desde cuándo puedo recibir el próximo pago?

Desde mayo y hasta diciembre de este 2023 se llevarán a cabo los pagos del Bolsillo Familiar Electrónico, un beneficio que tiene como objetivo poder contrarrestar el alza de precios de la Canasta de Alimentos a causa de la inflación. 

En concreto, se trata de un aporte de $13.500 por cada carga familiar, dinero que es transferido a la Cuenta RUT de los beneficiarios. 

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El Bolsillo Familiar Electrónico permite complementar en un 20% las compras presenciales realizadas con la Cuenta RUT. Eso sí, estas compras se pueden realizar en los comercios registrados como rubro alimenticio y que cuenten con una máquina de pago.

¿Cuándo es el próximo pago del Bolsillo Familiar Electrónico?

Estos montos están disponibles desde el día 1 de cada mes, por lo que el próximo pago se concretará desde el domingo 1 de octubre.

El monto es depositado en la cuenta de la persona encargada de recibir los beneficios de Asignación Familiar (AFAM) o el Subsidio Familiar (SUF), o del jefe o jefa de hogar habilitada en el caso del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (SSyOO).

Sin embargo, desde septiembre y hasta diciembre se tendrá en cuenta para entregar el beneficio a las personas causantes del SUF y la AFAM, a través de las nóminas de beneficiarios válidas al 30 de abril de 2023.

 

Imagen referencial / Créditos: ATON

 

Esto, a diferencia de lo que ocurría hasta agosto, donde se consideraron beneficiarias a las personas causantes del SUF y la AFAM por las nóminas correspondientes al 31 de diciembre de 2022.

¿A quién está destinado el Bolsillo Familiar Electrónico? 

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  1. Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  2. Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  3. Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  4. Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  5. Menores de 18 años de edad.

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