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Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Quiénes lo reciben desde el 1 de septiembre?

Se acerca septiembre y además de las Fiestas Patrias y la primavera, es un mes esperado por miles de trabajadores, considerando que en muchos de los casos se recibe un aguinaldo, que funciona como una ayuda de cara a los gastos propios de la fecha. 

En el sector público sí es de carácter obligatorio para quienes presten servicios a instituciones estatales.

Por un lado, en las empresas privadas la entrega de estos dineros no es obligatorio, a menos que se haya estipulado en el contrato el otorgamiento de los mismos. De la misma manera, esto aplica en el caso de que se consigne en una cláusula o negociación colectiva.

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Imagen referencial / Créditos: Shutterstock

 

¿Quiénes reciben el aguinaldo desde el 1 de septiembre?

Pero además de los casos mencionados anteriormente, los pensionados también recibirán un dinero extra, el cual se paga desde el 1 de septiembre con la respectiva pensión de ese mes.

Respecto a esta gratificación, son beneficiarios de la misma todos aquellos que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de las siguientes calidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿De cuánto es el monto a recibir?

El monto destinado a los beneficiarios es de $23.261 por pensionado. Este aumentará en $11.933 por cada persona que, al 31 de agosto de 2023, el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a 979.330 pesos (es decir, pertenecen al tramo 4 según la Ley Nº 21.456).

En el caso de quienes se encuentren activos laboralmente y tengan empleos públicos, recibirán un monto "de $81.196 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2023 sea igual o inferior a $943.703, y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad", según indica la Ley 21.526, en su artículo octavo.

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