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Licencias médicas: ¿Cuándo el empleador debe pagar los tres primeros días?

El pago de las licencias médicas a los trabajadores es todo un tema. Aunque enfermarse en la mayoría de los casos no es de lo más común, es algo que puede pasar.

Eso sí, hay que tener en cuenta que, en caso de tener malestares que impidan ir al trabajo, se debe tener presente que a pesar de la existencia del documento médico que certifica la condición, este no obliga a los empleadores a pagar la licencia en sus primeros días.

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Esto porque los empleadores no están obligados por un mandato legal a pagar los primeros tres días, salvo en ciertas ocasiones.

¿Cuándo el empleador debe pagar los primeros tres días de una licencia médica?

De acuerdo a lo que explicita la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) en su página web, "el empleador no tiene la obligación de pagar estos tres días, salvo que se haya obligado por contrato individual o colectivo del trabajo, por un convenio colectivo o fallo arbitral".

En la misma línea, cabe destacar que los trabajadores están expuestos a sanciones en el caso de presentar una licencia médica fuera de plazo.

 

En el caso de suceder esto, Compin o la Isapre, según corresponda, están habilitados para rechazarla, salvo que acredite una situación constitutiva de fuerza mayor o caso fortuito y siempre que la presente dentro del período de vigencia de la licencia.

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