Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Subsidio DS49: ¿Cómo solicitar el beneficio para comprar una casa sin crédito hipotecario?

El pasado lunes 14 de noviembre iniciaron las postulaciones al Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49.

Este beneficio habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) permite que las familias de menores recursos puedan comprar una vivienda sin necesidad de tener que optar a un crédito hipotecario.

Todo sobre Subsidio DS49

¿Cómo puedo solicitar el subsidio?

Para solicitar el Subsidio DS49, las postulaciones solamente pueden ser realizadas a través de Internet, siguiendo estos pasos:

  • Ingresar con tu número de RUT y Clave Única al sitio web https://www.minvu.gob.cl.
  • Una vez dentro, se abrirá un formulario con tus datos, los cuales puedes revisar y corregir si es necesario. Si todo está correcto, puedes enviar tu postulación haciendo clic en "Finalizar Postulación".
  • Posteriormente, si el sistema informa que tu postulación resulta hábil, puedes descargar el Comprobante de Postulación.
  • Finalmente, desde el Minvu se te informará el resultado por correo electrónico o al teléfono indicado en tu postulación. También podrás revisarlo directamente en https://www.minvu.gob.cl/.

¿Quiénes pueden postular?

Desde el pasado 14 de noviembre, puede postular el primer grupo, es decir, las personas que según el Registro Social de Hogares (RSH) vivan en: 

  • Arica y Parinacota
  • Tarapacá
  • Antofagasta
  • Atacama
  • Coquimbo
  • O'Higgins
  • Maule
  • Ñuble
  • La Araucanía
  • Los Ríos
  • Los Lagos
  • Aysén
  • Magallanes

Luego, entre el 17 y el 24 de noviembre, podrán solicitar el beneficio los habitantes de las siguientes regiones:

  • Valparaíso.
  • Metropolitana.
  • Biobío.

¿Qué requisitos necesito para postular?

Los requisitos para postular al subsidio son los siguientes:

  • Ser chileno o extranjero mayor de 18 años.
  • Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
  • Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado al 28 de octubre de 2022.
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
  • Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
  • No poseer una vivienda ni sean beneficiarios de otro subsidio habitacional.

Todo sobre Subsidio habitacional