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¿Cuál es tu mesa de votación? Revisa con tu RUT donde te corresponde sufragar

Desde el pasado 13 de agosto están disponibles los datos electorales de todos aquellos que deben participar en el Plebiscito Constitucional de Salida del próximo 4 de septiembre.

En estos comicios las y los electores deberán aprobar o rechazar el texto de una Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional.

Para este Plebiscito, una de las novedades es que el voto será obligatorio para quienes vivan en Chile y que se designarán nuevos locales y mesas de votación, privilegiando la cercanía con el domicilio del elector. 

Todo sobre Vocales de mesa

Este es el sitio para consultar si eres vocal de mesa

El sitio oficial para revisar si tu mesa de votación, y otros datos, como si eres vocal de mesa es https://consulta.servel.cl/. 

Allí, las personas deben ingresar su RUT -sin puntos y con guion- para luego apretar "soy humano" y hacer clic en "consultar".

El sistema entregará los datos electorales de la persona y aparecerá cuál es la mesa en que deberá sufragar, además del local de votación.

Vocales de mesa

Quienes hayan sido designados como vocal de mesa o miembros del Colegio Escrutador para estas elecciones, pero no puedan cumplir con su labor, pueden excusarse desde el martes 16 al jueves 18 de agosto.

Las excusas y solicitud de exclusiones se deben presentar ante las Juntas Electorales correspondientes.

Los datos de contacto de las Juntas Electorales pueden ser consultados a través de la página web www.servel.cl/juntas-electorales/, donde se puede conocer la ubicación, teléfono y correo electrónico de la entidad. 

Posterior al plazo de excusas, el día sábado 20 de agosto, se publicará la nómina de vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores reemplazantes. 

¿Bajo qué razones me puedo excusar?

Desde el Servel indican que causales de excusa para no desempeñarse como vocal de mesa en el Plebiscito son:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Tener más de 60 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
  • Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Los vocales designados por las Juntas Electorales ejercerán dicha función durante cuatro años, actuando en todos los actos eleccionarios o plebiscitarios que se verifiquen, hasta antes de la próxima elección ordinaria para la cual fueron designados.

¿Qué pasa si no me presento como vocal de mesa?

Las personas designadas como vocales que no concurran a desempeñar sus funciones, ni se excusen, incurren en una infracción electoral que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es decir, entre $117 mil y $470 mil, aproximadamente.

En tanto, quienes sí cumplan con su función, recibirán un bono de 2/3 de UF. Si se considera el monto de la UF al 4 de septiembre ($33.897), el pago del bono sería de $22.598.

Adicionalmente, quienes sean vocales por primera vez y acudan a la capitación respectiva, obtendrán un pago adicional de 0,22 UF, es decir, $7.457. De ese modo, en algunos casos el pago total puede llegar a $30 mil. 

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