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Autopréstamos de la AFP: ¿Cómo sería la devolución de los montos retirados?

  • Por Matías González Olguín

En medio de la discusión del quinto retiro, diputadas y diputados del Partido de la Gente (PDG) ingresaron un proyecto de ley para permitir la extracción de los fondos previsionales, pero bajo una especial condición: que sean autopréstamos de la AFP.

Los parlamentarios proponen que los cotizantes puedan retirar un monto equivalente al 15% de sus ahorros previsionales, cifra que luego deberán reintegrar a su cuenta individual obligatoria.

Los mecanismos de devolución están reglamentados por la medida ingresada por el PDG, en la que la Unidad de Fomento (UF) cobra una especial relevancia. 

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¿Cómo sería la devolución de los montos retirados?

Si la iniciativa se convierte en ley bajo las actuales condiciones que plantea —aún no inicia su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados—, el PDG señala que el monto que el afiliado retire "se convertirá a la UF del día de la entrega del dinero".

Posteriormente, ese dinero "deberá ser devuelto a la cuenta individual del solicitante reajustado conforme a las variaciones experimentadas por la UF en una o hasta sesenta cuotas".

A modo de ejemplo: si un afiliado realiza un autopréstamo de 1 millón de pesos y el precio de la UF tiene una variación total de $50.000 —entre la fecha de solicitud y la de devolución—, lo que tendrá que devolver será un monto equivalente a $1.050.000. La ventaja es que tal dinero podrá pagarse en cuotas.

¿Cuáles serían los montos del autopréstamo?

El proyecto establece que si los afiliados tienen un ahorro menor a $10 millones y mayor a $1 millón al momento de realizar la solicitud de autopréstamo, "podrán solicitar como retiro un monto de hasta un millón de pesos".

En cambio, si la cifra fuese inferior a $1 millón, "se podrá solicitar el monto total de lo ahorrado en calidad de préstamo". En caso de que las cifras sean superiores, el cotizante podrá retirar un valor equivalente al 15% de sus ahorros.

Tales autopréstamos serían incompatibles entre sí; es decir, "mientras un afiliado tenga vigente un préstamo bajo esta modalidad, no podrá solicitar otro hasta el pago de la totalidad de las cuotas pactadas, las que permitirán pago anticipado", indica el proyecto.

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