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¿Qué pasó con el cuarto retiro de las AFP y en qué quedó el proyecto?

  • Por Meganoticias

Los últimos días han sido intensos para la reforma constitucional que busca establecer un retiro del 10% o una extracción total del 100% de los fondos previsionales de las AFP.

Desde la exigencia del Gobierno a sus parlamentarios a que expliquen por qué aprobarán el proyecto, hasta la acusación de un presunto boicot a la tramitación de los proyectos, la iniciativa enfrenta un especial escenario.

Lo cierto es que este miércoles 8 de septiembre, el cuarto retiro enfrentó la primera parte de un trámite significativo en su camino por convertirse eventualmente en ley. 

¿Qué pasó con el cuarto retiro y en qué quedó?

Lo que ocurrió este miércoles fue que la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y Diputadas solamente efectuó la discusión de los proyectos, postergando la votación para después de Fiestas Patrias.

La razón del porqué no se discute antes de las celebraciones del 18 de septiembre se debe a que esa semana es distrital, lo que significa que no habrá sesiones de ningún tipo en el Congreso Nacional.

Por lo tanto, la votación del cuarto retiro en la Comisión y su eventual despacho a la Sala de la Cámara de Diputados se realizará el próximo miércoles 22 de septiembre. Además, dicho aplazamiento también surge para que se presenten indicaciones a la medida y para ello hay plazo hasta este miércoles 15.

¿Qué falta para que se convierta eventualmente en ley?

Una vez que sea despachada, si la iniciativa consigue 93 votos a favor en la Cámara, entonces pasa a su segundo trámite constitucional para ser revisado por el Senado.

Ahí el proceso es similar al primer trámite, pues el Senado designará a la Comisión de Constitución de la Cámara Alta para revisar los proyectos y luego derivarlos para que sea votado en general y particular por la totalidad de los senadores.

Si no se presentan indicaciones y es aprobado, entonces el cuarto retiro se despacha y queda en condiciones de convertirse en ley, siempre y cuando el Presidente de la República también lo apruebe.

Cabe recordar que el Presidente tiene la potestad de firmar la promulgación o presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para evitar que se convierta en ley:

  • Si firma el documento, la nueva ley debe ser publicada en el Diario Oficial para entrar en vigencia y permitir que los cotizantes de las AFP ejecuten el retiro de ahorros.
  • Pero si opta por el segundo escenario, el TC será la entidad responsable de definir el futuro de la medida: si se convierte en ley o es catalogado como inconstitucional, desechando toda posibilidad de un cuarto retiro.

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