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Subsidio DS49: Conoce los requisitos para construir tu casa propia sin crédito hipotecario

  • Por Meganoticias

El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49, es un beneficio entregado por el Estado a las familias más vulnerables del país para que opten a la casa propia en sectores urbanos o rurales, sin la necesidad de solicitar crédito hipotecario.

Este aporte permite comprar una vivienda, pero también posibilita la construcción de un domicilio o un conjunto de ellos (sean casas o departamentos), al otorgar un monto base que se complementa con otros aportes que varían según la zona geográfica en que se pretenda ubicar la vivienda. 

¿Cuáles son los requisitos de postulación?

Quienes quieran postular al beneficio debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. En caso de extranjeros, deben poseer Cédula de Identidad con permanencia definitiva. 
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el 40% de vulnerabilidad socioeconómica. En el caso de postulaciones colectivas, el 70% de los integrantes debe pertenecer al 40%; mientras que el resto, al 90% de calificación socioeconómica.
  • Acreditar un grupo familiar en el RSH. Considerar que no pueden postular personas solas (familias de una sola persona), excepto los adultos mayores; viudos; personas con discapacidad, con calidad de indígenas o que estén reconocidas en el Informe Valech.
  • Tener cuenta de ahorro para la vivienda a nombre de quien postule y tener un ahorro mínimo de 10 UF (cerca de $297 mil).

¿Cuáles son las alternativas para construir una vivienda?

Según el ministerio de Vivienda, existen cuatro alternativas para hacer uso del beneficio. Estas son:

  • Construcción en terrenos nuevos: se trata de proyectos habitacionales que tienen entre 10 y 160 viviendas y que incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes. La postulación es colectiva, no individual.
  • Pequeño condominio: compuesto por hasta 9 viviendas, son proyectos desarrollados en terrenos urbanos bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria. La postulación es colectiva, no individual.
  • Construcción en sitio propio: son proyectos que se instalan en un sitio que pertenece a la persona que postula. La postulación puede ser individual o colectiva.
  • Densificación predial: consiste en la construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya hay una o más propiedades. La postulación puede ser individual o colectiva.

¿Cómo postular al DS49?

Si bien no hay fechas de postulación establecidas, desde el Minvu definieron los pasos a seguir para realizar la postulación:

  1. Las familias deben permanecer a un grupo organizado, tales como un comité de vivienda o una cooperativa.
  2. Deben contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (EP), cuya labor es desarrollar proyectos habitacionales .
  3. La EP presenta a todo el grupo organizado, y luego al Serviu de la región correspondiente, el proyecto habitacional que pretende construir, el cual debe ser aprobado por todas las familias organizadas.
  4. El Serviu analiza el proyecto en un plazo determinado para aprobarlo o añadir observaciones para que sean corregidas por la EP.
  5. En caso de aprobarlo, las familia organizadas podrán participar en el llamado de postulación.
  6. Es necesario que todas las familias participen activamente durante la preparación, evaluación, ejecución e instalación de las viviendas.

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