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SII habilita sitio de beneficios para independientes: Revisa cómo se calcula el aporte que puedes recibir

  • Por Meganoticias

El Servicio de Impuestos Internos SII habilitó el sitio web para postular a los beneficios que ofrece el Estado para trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios y que producto de esta emergencia hayan sufrido la caída de sus ingresos.

Los trabajadores independientes que producto de la emergencia sanitaria derivada del coronavirus sufren una disminución de al menos el 30% de sus ingresos por boleta de honorarios, pueden acceder de manera transitoria a un beneficio que permite cubrir hasta un 70% de la caída de dichos ingresos, con un subsidio de hasta $100.000 y un crédito con tasa real 0, un año de gracia y tres años para pagarlo, con tope de $650.000.

En el caso de trabajadores que reciban el subsidio, el contribuyente debe reintegrarlo en 3 cuotas sin interés, reajustables de acuerdo a la variación del IPC, en su declaración de Renta a partir de 2022.

¿Cómo se calcula el beneficio?

El monto del beneficio se calculará mensualmente de la siguiente forma:

  • Si el contribuyente registra boletas de honorarios entre abril de 2019 y marzo de 2020 por un Ingreso Promedio Mensual igual o inferior $320.500, el beneficio podrá alcanzar hasta a un 70% del monto de la caída mensual de sus ingresos.
  • Si el Ingreso Promedio Mensual es superior a $320.500, el valor del beneficio será calculado en forma proporcional a la disminución de los ingresos.

¿Cómo acceder?

Para acceder se debe ingresar al sitio web del SII con su Rut y Clave Tributaria. El sistema indica si se emitieron boletas de honorarios en los últimos meses y si se cumple con las condiciones para acceder al subsidio o solicitar el crédito.

  • Se puede realizar la solicitud 100% en línea, sin necesidad de adjuntar ningún documento.
  • El sistema indica en línea el cálculo y el monto del beneficio al que se puede acceder.
  • El contribuyente podrá aceptar este monto o indicar una cifra menor, si lo prefiere. Una vez aceptado el beneficio, no podrá renunciar a él.
  • El beneficio será depositado en una cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
  • El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, se descontará hasta un 50% del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.

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