Caso Junaeb | Corte limita a Fiscalía y "blinda" a imputados: ordena destruir chats de Gahona, Gutiérrez y Calderón en 90 días
- Por Leslie Ayala
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de amparo presentados por el senador Sergio Gahona, el exdiputado Hugo Gutiérrez y el abogado Darío Calderón. Todos, junto al senador Miguel Ángel Calisto, están siendo investigados por presunto pago de coimas en el marco de millonarias licitaciones vinculadas a la empresa Soser.
Los tres fallos, a los que accedió Mega Investiga, imponen límites a la revisión de los dispositivos electrónicos de todos los imputados y ordenó que, tras un plazo de 90 días para identificar la información útil, el tribunal revise qué antecedentes se conservarán y ordene destruir las copias y datos que no tengan relación con la investigación.
La decisión abrió una fuerte preocupación al interior del Ministerio Público por el efecto que puede tener en la causa. La lectura de quienes conocen de esta indagatoria, que tiene reserva por seis meses más, es que cada criterio de búsqueda quedará sometido al control del juez, con intervención de las defensas, y que estas podrán incidir en qué información se revisa. También se advierte que, si aparecen nuevos antecedentes o aristas después del plazo, podría perderse la posibilidad de usar información que no haya sido identificada oportunamente como pertinente.
El fallo no establece que las defensas tengan poder de veto sobre cada búsqueda: ordena que la Fiscalía Oriente proponga los criterios y que el juez evalúe si son precisos y razonables. Pero sí dispone que, vencidos los 90 días -plazo que puede ampliarse una sola vez-, las copias íntegras queden selladas y se convoque a una audiencia para resolver qué información se conserva y cuál se elimina.
Una fiscalía “sin dientes”
La investigación, a cargo de la Fiscalía de Alta Complejidad de la Fiscalía Oriente, indaga presuntas irregularidades en contratos de alimentación escolar de Junaeb y la empresa SOSER. Las diligencias incluyeron la incautación de teléfonos, computadores y otros dispositivos, así como el acceso a su contenido.
En una audiencia del 26 de agosto, el Cuarto Juzgado de Garantía limitó la búsqueda al período entre 2018 y el 20 de agosto de 2026, y prohibió entregar o incorporar a la carpeta información ajena a los hechos. Sin embargo, rechazó establecer un filtro previo a la revisión. La jueza Francis Fell en esa oportunidad sostuvo que la Fiscalía tendría acceso a información “ciertamente impertinente y privada”, pero que limitar esa posibilidad podía frustrar la investigación.
Sin embargo, la Corte consideró insuficientes esos resguardos. A su juicio, remitir el control a protocolos internos del Ministerio Público y a una eventual discusión posterior sobre la exclusión de pruebas no protegía adecuadamente la privacidad de los investigados ni la de terceros. Por eso, ordenó que el Ministerio Público informe al juez, dentro de 15 días, el estado de la extracción, quiénes han accedido a las copias y cuáles serán sus criterios de búsqueda.
Esos parámetros deberán considerar los hechos investigados, el período fijado y las personas, números o cuentas de interés. El juez podrá exigir que se acoten. Los límites también se aplican a correos, redes sociales, aplicaciones de mensajería y servicios en la nube: la Fiscalía deberá informar a qué cuentas o servicios accedió o pretende acceder, y no podrá revisar íntegramente conversaciones, perfiles o repositorios de personas ajenas a la causa.
Quienes conocieron de la resolución aseguran que esto es como dejar a “un león sin dientes”. Y es que bajo este parámetro nunca se habrían conocido, por ejemplo, los chats del caso que involucra al penalista Luis Hermosilla y que, más allá del “Caso Audio”, permitieron abrir indagatorias por tráfico de influencias (arista nombramientos) e incluso cohecho (arista Muñeca Bielorrusa).
Cumplidos los 90 días, según la resolución, el Ministerio Público deberá separar la información que estime pertinente y sellar las copias completas. Dentro de los 10 días siguientes, el tribunal deberá realizar una audiencia con intervención de las defensas, revisar qué antecedentes conservará la Fiscalía y ordenar la eliminación de la información que no haya sido identificada como vinculada con la investigación. Hasta entonces, el Ministerio Público solo podrá utilizar los datos que haya identificado como relacionados con los hechos.
Si durante el análisis aparecen antecedentes sobre otros delitos, la Fiscalía Oriente deberá informar al tribunal antes de utilizarlos. El juez determinará si se trata de un hallazgo casual dentro de los límites de una búsqueda razonable o de una exploración en busca de hechos distintos.
En los casos de Gutiérrez y Calderón, ambos abogados, la Corte dispuso que se excluyan de la búsqueda las comunicaciones con clientes sobre asuntos ajenos a la investigación, además de las mantenidas con sus abogados defensores en esta u otras causas. La excepción opera si esos abogados también son investigados por los mismos hechos. En el caso de Gahona, senador por la Región de Coquimbo, las medidas alcanzan sus dispositivos personales y profesionales, incluidas sus cuentas institucionales.
Entre las hipótesis investigadas respecto de SOSER figuran la sobredeclaración de raciones, la falsificación de certificados, la incorporación de información falsa en registros de Junaeb, pagos improcedentes, beneficios indebidos y la distribución de alimentos contaminados. La causa indaga presuntos delitos de fraude al Fisco, fraude informático, falsificación de instrumento privado, cohecho, soborno, tráfico de influencias, revelación de secreto y lavado de activos.
La Corte mantuvo vigentes las incautaciones y la posibilidad de utilizar la información que se identifique como pertinente. Pero impuso un procedimiento de revisión con control judicial, límites de búsqueda y un plazo para depurar el material. Es ese plazo, junto a la obligación de eliminar la información que no se considere relacionada con la causa, el que, según quienes han indagado este tipo de casos, podría dificultar el aprovechamiento de antecedentes que abran nuevas líneas investigativas.
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