Multan a reconocida farmacia por trabajadores que debían usar corpóreo en condiciones de calor extremo

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por la sociedad Farmacias de Similares Chile S.A., conocida por la operación de la marca Dr. Simi, en contra de una sentencia que había confirmado una multa de 60 UTM aplicada por la Inspección Comunal del Trabajo.

La sanción fue impuesta tras constatarse incumplimientos en materia de seguridad laboral, específicamente por no haber eliminado factores de riesgo ni adoptado medidas preventivas suficientes, entre ellas el adecuado mantenimiento del sistema de ventilación de un corpóreo utilizado por trabajadores en jornadas de altas temperaturas.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago

En fallo unánime (causa rol 449-2025), la Duodécima Sala del tribunal de alzada —integrada por las ministras Maritza Villadangos, Lilian Leyton y la abogada integrante Francisca Amigo— descartó la existencia de infracciones en la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que ya había rechazado la reclamación contra la multa.

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El recurso de nulidad se fundamentaba en una supuesta infracción al principio de transparencia o publicidad establecido en el artículo 16, inciso primero, de la Ley N° 19.880, argumentando que no se habrían fundamentado adecuadamente las decisiones administrativas.

En el fallo, el tribunal desestimó ese planteamiento al señalar que dicha norma no constituye una causal de nulidad aplicable a una sentencia judicial ni una disposición directamente invocable en este contexto.

Los hechos que originaron la sanción

El tribunal también recordó que el acta de constatación de hechos estableció que el 15 de febrero de 2024 trabajadores realizaron labores utilizando el corpóreo en horarios de alta temperatura, entre las 16:00 y 17:00 horas.

Según el fallo, estos antecedentes constituyen la base fáctica de la infracción, la cual goza de presunción de veracidad conforme al artículo 23 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1967, presunción que no fue desvirtuada por la empresa reclamante.

Por tanto, la Corte resolvió rechazar el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia dictada el 20 de enero de 2025 por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Con ello, se mantiene firme la multa aplicada, en el marco de la causa RIT I-705-2024, “Farmacias de Similares Chile S.A. con Inspección Provincial del Trabajo”.

Argumentos del tribunal

La resolución agrega que el artículo 16 de la Ley N° 19.880 no puede ser considerado una norma decisoria litis ni un fundamento para anular una sentencia judicial, ya que regula el procedimiento administrativo y no la labor jurisdiccional de los tribunales.

Asimismo, el fallo sostiene que la sentencia impugnada sí contenía la debida fundamentación, especialmente en sus considerandos noveno y décimo, donde se explican las razones del rechazo a la reclamación contra la multa administrativa N° 8507/24/55, emitida el 30 de marzo de 2024 por la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago.