Mauricio Ortega volverá a la cárcel: Corte Suprema confirma recurso del SernamEG a favor de Nabila Rifo

¿Qué pasó?

Este martes, la Segunda Sala de la Corte Suprema determinó el regreso a prisión de Mauricio Ortega, condenado por agredir en el año 2016 a su expareja Nabila Rifo, a quien golpeó con un bloque de cemento en la cabeza, dejándola inconsciente en la vía pública, para después provocarle graves lesiones en sus ojos.

Su vuelta a prisión se dará tras confirmarse confirmar el recurso de amparo interpuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) a favor de Rifo, luego de que a inicio de octubre la Corte de Apelaciones otorgara el beneficio de libertad condicional al condenado.

Ortega había recurrido a la Suprema para recuperar la libertad condicional

Fue el pasado 22 de octubre que la Corte de Apelaciones de Coyhaique, región de Aysén, acogió el recurso de SernamEG para que se analizara el beneficio, por lo que el tribunal ordenó que Ortega fuera reingresado al establecimiento penitenciario de Puerto Aysén, a la espera de que volviera a sesionar la comisión de libertad condicional.

Ir a la siguiente nota

Debido a esta determinación, el condenado recurrió a la Corte Suprema para no perder el beneficio, argumentando que presentaba todos los requisitos para acceder a la libertad condicional.

Cabe recordar que uno de los argumentos de SernamEG para presentar su recurso fue que Nabila Rifo no fue debidamente notificada y, por lo tanto, no pudo ser escuchada ante la comisión.

Corte Suprema confirma recurso de SernamEG

Pese a las intenciones de Ortega, el máximo tribunal también acogió la postura del organismo dependiente del Ministerio de la Mujer. "La notificación efectuada a la víctima, mediante cédula de 25 de septiembre de 2025, careció de los elementos necesarios para darle eficacia y, a través de ella, dar a conocer a la víctima de la solicitud de Mauricio Orlando Ortega Ruiz para postular al proceso de libertad condicional, para el segundo semestre del año en curso", sostiene el fallo.

"Si bien se dispuso la notificación a Nabila Meliza Rifo Ruiz personalmente o por cédula, resulta ser un hecho inconcuso que, en el domicilio que ella registraba ante el sistema de tramitación electrónica, actualmente –y desde el año 2020— funciona el Centro de Apoyo Para la Integración Social (CAIS), institución que no se condice con el domicilio de la víctima", agregó.

La Corte Suprema indicó que "se confirma la sentencia apelada de 22 de octubre de 2025, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique... El nuevo dictamen, ordenado en el fallo en alzada, deberá ser dispuesto por la Comisión de Libertad Condicional de la región de Aysén, no inhabilitada".

Denuncia

Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.

El número se puede marcar tanto en teléfono fijo como en el celular y desde ahí brindan orientación para ayudar a víctimas de maltrato o te guían con los mecanismos para realizar una denuncia.