Beneficio por Años Cotizados: ¿Quiénes pueden recibir más de $100 mil extra en su pensión?

Hasta 2,5 UF ($103.000 aprox) adicionales al mes pueden recibir los pensionados que hayan cotizado durante 25 años gracias al Beneficio por Años Cotizados (BAC). Se trata de un aporte automático, que no requiere postulación y se suma directamente a la pensión.

El beneficio está dirigido a personas de 65 años o más que reciban una pensión de vejez o invalidez de una AFP o compañía de seguros de vida. Sin embargo, el mínimo de cotizaciones exigido es distinto para mujeres y hombres.

¿Quiénes reciben el máximo de 2,5 UF?

El BAC entrega 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 300 meses, equivalentes a 25 años. Para acceder, inicialmente se exige:

  • Mujeres: al menos 120 meses cotizados (10 años).
  • Hombres: al menos 240 meses cotizados (20 años).

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Quienes alcancen los 25 años de cotizaciones podrán recibir el máximo de 2,5 UF mensuales. Quienes tengan menos tiempo recibirán un monto proporcional.

En el caso de las mujeres, el requisito mínimo aumentará gradualmente: desde enero de 2028 será de 132 meses y llegará a 180 meses (15 años) en 2036.

Además, el beneficio se paga incluso si la persona ya agotó los fondos de su cuenta individual y tiene saldo cero.

¿Cómo consultar si recibes el beneficio?

El pago comenzó en enero de 2026 para quienes ya estaban pensionados y tenían 65 años o más al 30 de noviembre de 2025. Quienes se pensionaron desde diciembre de ese año comenzaron a recibirlo junto con su primera pensión, incluido el retroactivo cuando corresponda.

Para saber si cumples los requisitos, debes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento en el sistema de consulta del BAC. Si eres beneficiario, podrás acceder con tu ClaveÚnica para conocer el monto y descargar la resolución con el detalle del cálculo.

También puedes consultar mediante los canales de ChileAtiende:

  • Videoatención.
  • Llamando al 101 o al +56 4 4236 20 00 desde el extranjero.
  • En una sucursal, presentando tu cédula de identidad.

¿Se puede suspender el pago?

El Instituto de Previsión Social revisa mensualmente si las personas beneficiarias mantienen los requisitos. El pago puede suspenderse si no se cobra durante seis meses consecutivos o interrumpirse si la persona permanece fuera de Chile por más de 180 días durante un año calendario.

También existe la posibilidad de solicitar una renuncia temporal si el beneficio afecta el acceso o el monto de otras ayudas. El trámite se realiza mediante videoatención o en una sucursal ChileAtiende.

La reactivación puede solicitarse acreditando al menos 180 días de residencia en Chile, pero los pagos no serán retroactivos.

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