Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez: ¿Cuánto dinero puede recibir una familia?
- Por Cristian Latorre
El Gobierno ingresó al Congreso un proyecto de ley que contempla la creación de un Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez, beneficio que busca entregar un aporte económico por cada hijo o hija que cumpla con los requisitos establecidos.
La iniciativa fue presentada con suma urgencia y forma parte del plan Chile Sale Adelante, una batería de medidas impulsadas por el Ejecutivo para apoyar a los hogares que enfrentan mayores dificultades económicas debido al aumento del costo de la vida.
El beneficio estará dirigido exclusivamente a las familias que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población, según la clasificación del Registro Social de Hogares (RSH).
¿Cuánto puede recibir una familia?
El monto del beneficio corresponde a $30.000 por cada niño o niña que genere el derecho al pago.
De esta manera, el total que recibirá cada hogar dependerá de la cantidad de hijos que cumplan con los requisitos establecidos en el proyecto de ley.
Por ejemplo:
- Una familia con un hijo beneficiario recibirá $30.000.
- Una familia con dos hijos beneficiarios recibirá $60.000.
- Una familia con tres hijos beneficiarios recibirá $90.000.
- Una familia con cuatro hijos beneficiarios recibirá $120.000.
El bono será pagado en una sola cuota a través de las instituciones que actualmente administran beneficios familiares vigentes.
Además, el proyecto establece que el aporte no constituirá renta ni remuneración legal, por lo que no estará afecto a descuentos ni al pago de impuestos.
Las familias tendrán un plazo máximo de nueve meses para cobrar el dinero desde la fecha en que se emita el pago.
¿Quiénes podrán acceder al beneficio?
Los niños y niñas que generen el derecho al bono deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener entre 0 y 13 años de edad, inclusive, al 1 de junio de 2026.
- Pertenecer a un hogar que forme parte del 80% más vulnerable del país, de acuerdo con el Registro Social de Hogares.
¿Quién recibirá el pago?
El proyecto de ley establece un orden de prioridad para definir qué adulto recibirá el depósito del beneficio:
1. Quien reciba actualmente el Subsidio Familiar (SUF).
2. Quien perciba la Asignación Familiar o la Asignación Maternal.
3. Quien sea beneficiario del subsidio para personas con discapacidad mental o física establecido en el artículo 35 de la Ley N° 20.255.
4. Quien reciba las transferencias monetarias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
5. El jefe o jefa de hogar registrado en el sistema, si el menor no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores.
El proyecto también especifica que cada niño o niña generará un único bono, por lo que el beneficio no podrá duplicarse en caso de existir más de un cuidador con derecho a recibirlo.
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