Seguro de cesantía: ¿Cómo revisar cuánto dinero tienes acumulado?

El seguro de cesantía es una figura de apoyo crucial para los trabajadores que quedan cesantes y se gestiona por medio de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Mientras están en labores, los afiliados financian una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), con el 3% de sus remuneraciones imponibles. En el caso de que se queden sin trabajo, podrán retirar el dinero acumulado en giros mensuales.

Según ChileAtiende, si una persona no tiene fondos acumulados bajo este formato, podría acceder a la figura del Fondo de Cesantía Solidario (FCS), tras el cumplimiento de los requisitos estipulados para tal fin.

¿Cómo revisar cuánto dinero tienes acumulado por el seguro de cesantía?

Los afiliados de la AFC anualmente suelen tener acceso a cartolas que reflejan sus movimientos financieros, así como las cotizaciones realizadas por sus empleadores.

También cuentan con dos cartolas cuatrimestrales, pautadas para junio y octubre, siempre que se hayan registrado movimientos durante los cuatro meses del año que se reflejan en la cartola.

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Sin embargo, en el caso de necesitar de manera rápida y directa información de las cartolas, movimientos o el saldo disponible, es posible ingresar a la Sucursal Virtual de afiliados, por medio del siguiente enlace.

Afiliados al Seguro de Cesantía

Quienes están afiliados al Seguro de Cesantía son personas mayores de 18 años, con un contrato regido por el Código del Trabajo o por el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública. También es necesario que el empleado haya sido contratado en fecha posterior al 2 de octubre de 2002. Si la contratación fue antes de esta fecha, no hay obligación de afiliación, sino opción voluntaria.

Asimismo, la ley estipula que el Seguro de Cesantía no rige para:

  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores(as) del sector público.
  • Funcionarios(as) de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores(as) independientes.
  • Trabajadores(as) con contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores(as) pensionados(as), excepto los(as) pensionados(as) por invalidez parcial.
  • Trabajadores(as) que participan como socios(as) (mayoritario o igualitario) y que administran o representan a la empresa que informan como empleadora.

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