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Hasta 10 años: Sernac aclara los plazos legales para reclamar si tu vivienda nueva tiene fallas

El sueño de la casa propia es una de las principales metas de cualquier familia en Chile. Sin embargo, en algunas ocasiones las nuevas propiedades presentan fallos y problemas estructurales que convierten la experiencia en una pesadilla.

Estos problemas quedan de manifiesto muchas veces en días fríos y, sobre todo, de lluvias. Por ello, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) aclaró cuáles son los derechos que tienen las personas tras comprar una vivienda y los plazos legales que existen para realizar reclamos a las inmobiliarias y constructoras.

¿Cuál es plazo para reclamar por fallas en las viviendas?

Desde el organismo explicaron que las familias que cuentan con su vivienda propia y sufran problemas como filtracionesgrietas o problemas eléctricos, tienen plazos que van desde los 3 a 10 años para realizar reclamos legales en el Sernac.

De acuerdo con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, existen tres tipos de fallas, cada una con un plazo diferente para ejercer acciones legales:

  • 10 años: En el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble.
  • 5 años: Cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones.
  • 3 años: Si hay fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras.

Estos plazos rigen desde la fecha de la recepción definitiva de la vivienda por parte de la Dirección de Obras Municipales, con excepción del plazo de tres años, que se contarán a partir de la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

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¿Qué pasa con las demandas colectivas?

La misma normativa establece que en el caso de las demandas colectivas, cuando hay problemas de calidad en las construcciones, es un requisito clave que sean al menos seis consumidores los afectados para poder iniciar acciones legales.

Es así como, a partir de seis o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, Sernac puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.

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