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Carabinero dejó abierto su WhatsApp en computador y colega le sacó pantallazos: Alegó en la justicia y le fue mal

En el trabajo, varias son las personas que suelen abrir WhatsApp en el computador institucional, ya sea para comunicarse con su familia, compañeros o superiores. Se podría decir que la utilización de la plataforma web de mensajería en horario laboral es normal, pero una situación entre colegas llegó a niveles insólitos.  

De manera casual, un carabinero descubrió que su compañera estaba imprimiendo capturas de pantalla de una conversación que él mantuvo mediante la computadora que compartían. La idea de la mujer era mostrarle los pantallazos a su superior, según denunció el afectado.

Vale decir, el hombre dejó su sesión abierta en el dispositivo, lo que fue aprovechado por la uniformada para acceder a los diálogos y sacarles captura. Esta polémica situación derivó en un caso judicial que marca un precedente en el uso de la app en espacios laborales.

El carabinero alegó vulneración a sus derechos, pero...

Por la intrusión de su colega, el carabinero presentó un recurso de protección en su contra. Su argumento era que hubo una vulneración a sus derechos constitucionales (integridad psíquica, respeto y protección a su vida privada y su honra, protección de datos personales, entre otros). 

LO ÚLTIMO

A primeras, los antecedentes que exhibió hacían parecer que la justicia fallaría a su favor; sin embargo, la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó su alegato, argumentando una razón que significa un antes y después en materia laboral.

"Es responsabilidad de cada funcionario, en calidad de usuario —de WhatsApp, en este caso—, el correcto cierre de las sesiones de los programas que apertura, la seguridad de sus cuentas y contraseñas y, en general, todo el manejo de su información confidencial", señaló el organismo de segunda instancia.

Un detalle clave fue que el propio funcionario reconociera que tenía una sesión abierta de WhatsApp en otro computador —distinto al de su uso personal— y que no adoptara medida para el resguardo de sus datos: "Permitió tácitamente que terceros pudiera acceder al contenido de su mensajería", estimó la Corte.

En conclusión, la intromisión de su compañera y el posterior intento de impresión de las capturas de pantalla "no constituyen un acto ilegal o arbitrario", sentenció la entidad. El carabinero insistió en la Corte Suprema para revertir el resultado, pero el máximo órgano judicial lo respaldó.