Menores de edad fueron víctimas de caída de poste de alambrado público y ahora deberán pagarles $7.5 millones
- Por Lucas Figueroa
¿Qué pasó?
La Municipalidad de La Florida deberá pagar la suma de 7,5 millones de pesos por concepto de daño moral a dos niños que resultaron con lesiones a propósito de la caída de un poste de alumbrado público.
Esto luego de que la Corte de Santiago confirmara la resolución, en la que se había condenado a la Municipalidad a pagar el monto anteriormente descrito a las víctimas por el hecho ocurrido en 2016.
El fallo de la Justicia
En su deliberación, el tribunal de alzada estipuló que "atendido el mérito de los antecedentes, es dable señalar que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten".



Respecto a lo mismo, la primera instancia apuntó que del escrito presentado "se desprende inequívocamente que los menores a consecuencias directa del desplome del poste de alumbrado público ocurrido la noche del día 27 de diciembre de 2016 en la plaza de la comuna de La Florida, sufrieron lesiones de diversa naturaleza y magnitud, en el caso del menor (…), lesiones leves y en el caso de la menor (…), lesiones de mediana gravedad".
A su vez, se señala que "dicho evento traumático ocasionó secuelas psicológicas que permanecieron al menos hasta inicios del año 2018 en que emite su informe la psicóloga que emite los informes agregados a estos autos y que presta testimonio en la presente causa".
Agrega que "los menores víctimas del desplome del poste del alumbrado público acaecido en una plaza de la comuna de La Florida (…), sufrieron perjuicios en su integridad física y psicológica, provocando un sufrimiento, dolor, temor y menoscabo a raíz de las circunstancias descritas en los motivos precedentes, irrogándose perjuicios por daño moral a los menores".
"Por lo que resulta procedente dándose los supuestos atributivos de responsabilidad en la especie, acoger la pretensión indemnizatoria en el libelo de folio, regulándose los mismos a la luz de los sufrimientos experimentados, la angustia ocasionada, magnitud y naturaleza de los mismos, debiendo tener presente a este respecto que las lesiones experimentadas por la menor (…), se tradujeron en un dolor constante por varios días, en pérdida de movilidad de su extremidad superior izquierda, impidiéndole por largas semanas de verano las actividades propias de una menor de 8 años", suma.
Este artículo informa de un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que los organismos pertinentes lo determinen.
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