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Caso Torrealba: Corte de Apelaciones confirma prisión preventiva para exalcalde de Vitacura

¿Qué pasó? 

La Corte de Apelaciones confirmó este jueves la prisión preventiva para el exalcalde de Vitacura Raúl Torrealba, luego que su defensa intentara por octava vez que la justicia le permitiera dejar el Anexo Cárcel Capitán Yáber, en donde permanece recluido desde hace cinco meses. 

Cabe recordar que el exjefe comunal recibió la máxima cautelar tras las acusaciones en su contra por los delitos de fraude al fisco, asociación ilícita y lavado de activos mientras estaba al frente de la Municipalidad.

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Última solicitud incluyó una declaración de Torrealba

La revisión de la medida cautelar anteriormente había sido solicitada en cuatro oportunidades al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago y otras tres en la Corte de Apelaciones capitalina.

Esta última incluyó una declaración entregada por Torrealba ante la Fiscalía el pasado martes, en la que admitía que sí recibía sobres con dinero, aunque negó que fueran para su patrimonio.

 

Aton

 

¿Qué dijo la Corte de Apelaciones sobre la solicitud de Raúl Torrealba?

"Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten", señala la resolución del tribunal de alzada, de acuerdo a lo consignado por La Tercera. 

El fallo concluye que "se confirma la resolución apelada de fecha cuatro de diciembre del presente, (...) ante el 4 Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva decretada en contra del imputado Raúl Fernando Torrealba del Pedregal". 

Respecto de la revisión anterior -el 5 de diciembre-, la jueza Francis Fell dictaminó que no ha cambiado ninguna de las circunstancias de las que se tuvieron a la vista la primera vez que se declaró que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad.

"La necesidad de cautela se mantiene, por peligro para la seguridad de la sociedad, a considerar entre otros presupuestos", sostuvo la magistrada, en referencia a la "gravedad de la pena asignada a los delitos formalizados (pena de crimen, cumplimiento efectivo); número de delitos que se le imputan, son cuatro grupos de ilícitos; y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla".