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Profesora fue despedida por conversar con sus alumnos sobre el estallido social: Le deben pagar más de $20 millones

¿Qué pasó?

La Corte Suprema ordenó a la Sociedad Educacional Basaldiaz S.A. a pagar más de $20 millones a una profesora, que trabajaba en el establecimiento Amazing Grace English School de La Serena, que fue despedida luego de haber conversado con sus estudiantes sobre el estallido social.

El máximo tribunal declaró inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones, la que ya había acogido la demanda de tutela laboral por el despido con vulneración del derecho a la libertad de expresión.

El caso

De acuerdo al fallo de la Corte de Apelaciones, la docente de Biología y Ciencias Naturales comenzó a prestar servicios en el recinto educacional en marzo de 2016, y contaba con una buena evaluación de desempeño docente.

Debido al estallido social, entre el 21 y 25 de octubre de 2019 el colegio suspendió las clases, mientras que el 24 y 25 de octubre los profesores mantuvieron jornadas de reflexión y preparación para el regreso de los alumnos.

En el retorno a clases, el 28 de octubre, el establecimiento dedicó la primera hora de clases a actividades para los alumnos, destinadas a reflexionar sobre la situación del país, las que estaban guiadas por el profesor a cargo en un rol de mediador.

Los dichos de la profesora

Fue así que la profesora de Biología y Ciencias Naturales mantuvo un diálogo con los estudiantes de 7° básico B, en el que abordó temas de contingencia nacional, como el actuar de Carabineros y Fuerzas Armadas, la educación, pobreza y marginalidad.

También se refirió a noticias que habían adquirido notoriedad, como las lesiones oculares sufridas en medio de las manifestaciones que se llevaban a cabo en aquella época.

Los dichos de la docente fueron grabados por una alumna, que se lo mostró a su madre, generando malestar por parte de los apoderados.

El despido

Debido a los reclamos, el equipo directivo se reunió con la profesora el 29 de octubre de 2019 y se le pidió que hiciera sus descargos por escrito. Sin embargo, el 30 de octubre, tras una evaluación de la grabación, el sostenedor del colegio decidió despedir a la docente, estimando que había empleado lenguaje inapropiado, además de vulnerar y faltar al deber contractual y ético.

Ese mismo día se envió su carta de despido, aunque el 4 de noviembre la profesora se presentó a trabajar, por lo que fue llamada por rectoría, donde fue informada del despido. 

Despido "exagerado"

La Corte de Apelaciones señaló que "es posible concluir que las motivaciones que subyacen a los fundamentos expresados en la carta de despido no son más que el empleador no comparte las expresiones manifestadas por la actora y estima inadecuado que las haya planteado a sus alumnos, de manera que con el despido se ha limitado el pleno ejercicio de su derecho a emitir opinión".

El tribunal de alzada escuchó los dichos de la docente que fueron grabados y concluyó que "se trata de frases que están hiladas dentro de un discurso más extenso, en el que se hacen ciertos énfasis, que se plantearon con un hablar pausado, explicativo e invitando a cuestionar ciertos acontecimientos, a tener una visión crítica de algunos hechos".

"No se trata de un discurso de odio, ni de un adoctrinamiento, expresa visiones, opiniones y vivencia, todo lo cual permite concluir que, si bien pudieron no ser del todo apropiados, que pudieron generar malestar en algunos apoderados que se sintieron afectados, la decisión de poner término a la relación laboral aparece como exagerada", agregó.

Pago de más de $20 millones

Teniendo en cuenta lo anterior, se acogió la tutela laboral, declarándose que su despido vulneró su libertad de expresión, y se condenó a la Sociedad Educacional Basaldiaz S.A. a pagar lo siguiente:

  • $11.177.034 (11 remuneraciones), por concepto de indemnización especial prevista en el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo.
  • $1.142.637 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo.
  • $4.540.548 por concepto de indemnización por cuatro años de servicio.
  • $3.632.438 por concepto de recargo del 80% de la indemnización por años de servicio.

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